Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-02-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140220-32

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

OTROS ANUNCIOS

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Notificación caducidad inscripciones padronales

A tenor de lo dispuesto en la resolución de 1 de abril de 1997, conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Territorial, en la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal, y en la resolución conjunta de 28 de abril de 2005, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Administración Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la baja por inclusión indebida de los comunitarios, comunicadas por el INE, habiendo sido intentadas las correspondientes notificaciones con resultado infructuoso y/o, en su caso, no habiendo acudido los interesados a formalizar la renovación de su inscripción padronal.

Esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local y demás normas de general aplicación, resuelve:

Primero.—Declarar caducadas las inscripciones padronales que se relacionan en el anexo adjunto.

Segundo.—Dar de baja dichas inscripciones, si bien la eficacia de esta medida queda demorada hasta la fecha en que se publique la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.





Alpedrete, a 10 de enero de 2014.—Ante mí: la secretaria (firmado).—La alcaldesa (firmado).

(02/992/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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