Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140222-33

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

33
Ejecución 259 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 259 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Sánchez Sagbay y don Pablo Yovanny Jiménez Gaona, frente a “Krisfer Obras y Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 22 de enero de 2014.

Dispongo: Que procede decretar la extinción de la relación laboral de don Pablo Yovanny Jiménez y don Manuel Sánchez Sagbay, con la entidad “Krisfer Obras y Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, en la fecha de la presente resolución, por no readmisión de los trabajadores, condenando a la empresa demandada al abono a los trabajadores de la suma de una indemnización por importe de 6.175,58 euros a don Pablo Yovanny Jiménez y por importe de 2.272,35 euros a don Manuel Sánchez Sagbay, más la suma de 14.743,11 euros para cada trabajador por el concepto de salarios de tramitación, suma calculada como se refleja en los fundamentos de derecho.

Asimismo, procede estimar la excepción de prescripción de la acción de extinción de la relación laboral planteada por el Fondo de Garantía Salarial y respecto de dicho organismo, declarando prescrita la ejecución instada por la parte actora respecto de la indemnización y salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Krisfer Obras y Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.207/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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