Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140222-88

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

88
Procedimiento 568 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 568 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Marginean, frente a “Salas Roa Instalaciones Metálicas, Sociedad Limitada”, y don José Luis Rodrigo Franco, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 23 de enero de 2014 en los términos siguientes:

Acta de conciliación

En Madrid, a 23 de enero de 2014.—Siendo el día y hora señaladas para la celebración del intento de conciliación previo al juicio oral, la secretaria judicial, doña Elena Mónica de Celada Pérez, del Juzgado de lo social número 29 de Madrid, comparecen: como demandante, don Víctor Marginean, con documento nacional de identidad número X-05594339-A, asistido de doña Virginia Castillo Rodríguez, con número de colegiada 86.744.

Preguntada la parte demandante manifiesta que ratifica la representación de la persona que le asiste.

Como demandado don José Luis Rodrigo Franco, como administrador concursal de la empresa demandada, en liquidación, según credencial de fecha 28 de octubre de 2013 del Juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid, en el procedimiento del concurso voluntario número 566 de 2013.

La empresa demandada no comparece pese a estar citada en forma.

Iniciado el resto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

La administración concursal reconoce la improcedencia del despido con fecha 31 de marzo de 2013 y ofrece por indemnización, saldo y finiquito la cantidad de 7.425,27 euros netos, de los cuales 5.200 euros corresponden a la indemnización de treinta días por año y el resto a la liquidación según se desglosa en la demanda. La administración concursal se compromete a incluir las cantidades detalladas en el listado definitivo de acreedores en el concurso voluntario número 566 de 2013 y emitir el correspondiente certificado de reconocimiento de créditos para solicitar las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial.

El trabajador acepta, y con el percibo de dicho certificado, y tras percibir las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial, considerara saldada y finiquitada la relación laboral.

La secretaria judicial aprueba la avenencia alcanzada por las partes, dando por concluido el acto, y procede a continuar a dictar el decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes, de lo que doy fe.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2802/0000/61/0568/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Salas Roa Instalaciones Metálicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.318/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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