Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140224-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

199
Ejecución 134 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Victoria Delgado Robledo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 134 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de doña María Dolores Perales Fábrega frente a “Hugal, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa se ha dictado la siguiente resolución.

Auto

En Madrid, a 29 de enero de 2014.—Vistos por su ilustrísima señora doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social, número 39 de los de Madrid.

Parte dispositiva:

Procede estimar y estimo el recurso de reposición presentado por la parte ejecutante doña María Dolores Perales Fábrega, revocando la resolución recurrida, de fecha 30 de septiembre de 2013, que dejó sin efecto, cítese a las partes para que comparezcan el día 26 de febrero de 2014, a las ocho y cuarenta y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante, por sí o debidamente representada, se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario, por sí o legalmente representado, el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” 4283/0000/64/0134/13. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima magistrada-juez.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se hará fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma o “Hugal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.208/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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