Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140226-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PUERTO DEL ROSARIO NÚMERO 2

210
Ejecución 2 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana M. Molina Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2, con sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura).

Hago saber: Que en el procedimiento número 2 de 2014, en materia de reclamación de cantidad, a instancias de don Luis Alberto Valiente Rodríguez, contra “Serclimasa, Sociedad Limitada”, por su señoría se han dictado auto y decreto con fecha 23 de enero de 2014, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante don Luis Alberto Valiente Rodríguez, frente a “Serclimasa, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.326,42 euros, más 33,26 euros (10 por 100 de mora provisional), más 537,54 euros de costas provisionales e interés legal provisional.

Decreto

Recábese información a través del Punto Neutro Judicial de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, y líbrese otros despachos que resulten necesarios a otros organismos a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Serclimasa, Sociedad Limitada”. El embargo de las cantidades pendientes de devolución a la ejecutada por parte de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como de cantidades a la vista en entidades financieras adheridas al convenio firmado con el Consejo General del Poder Judicial, a efectuar a través de la aplicación de “Banesto” o del Punto Neutro Judicial en cantidad suficiente a cubrir la suma total por la que se despachó ejecución por importe total. Decretar hasta cubrir la cantidad total de 3.897,22 euros la retención y puesta a disposición de este Juzgado de las cantidades que las entidades bancarias pudieran tener en las cuentas de ahorro, crédito o cualquier otro producto financiero, o cantidades que se devenguen a favor de la ejecutada, tanto las existentes al momento del embargo como las que se produzcan posteriormente, hasta cubrir las cantidades anteriormente señaladas, a cuyo efecto, líbrense los oportunos oficios con los insertos necesarios.

Hágase saber a la parte ejecutada que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas, ingresándolas en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, en el número de cuenta corriente 0030/1846/42/0005001274, con número de expediente 2290/0000/64/000214.

Decretar hasta cubrir la cantidad total de 3.897,22 euros la retención y puesta a disposición de este Juzgado de las cantidades que la entidad bancaria pudieran tener en cuentas de ahorro, crédito o cualquier otro producto financiero, o cantidades que se devenguen a favor de la ejecutada, tanto las existentes al momento del embargo como las que se produzcan posteriormente hasta cubrir las cantidades anteriormente señaladas, a cuyo efecto líbrense los oportunos oficios con los insertos necesarios.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Serclimasa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Puerto del Rosario, a 23 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.668/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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