Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140227-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

134
Ejecución 107 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 107 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Kaddour Lemhandi don Mohamed Lemhamdi y don Salah Lemhandi, frente a “Gobatel Networks, Sociedad Limitada”, y “Roes Comunicaciones y Desarrollos Avanzados, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 20 de diciembre de 2013.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 9.238,80 euros de principal y 924 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional de las ejecutadas “Roes Comunicaciones y Desarrollos Avanzados, Sociedad Limitada”, y “Gobatel Networks, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Los testimonios de las resoluciones dictadas en el presente procedimiento a efectos de su presentación ante el Fondo de Garantía Salarial serán expedidos de oficio por este Juzgado una vez firme la presente resolución.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/1263/11.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Encarnación Gutiérrez Guío.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Roes Comunicaciones y Desarrollos Avanzados, Sociedad Limitada”, y “Gobatel Networks, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.877/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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