Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140227-236

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11

236
Ejecución 286 de 2013

EDICTO

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, secretaria judicial sustituta del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 286 de 2013, a instancias de la parte actora doña Beatriz Chico Carretero, doña María Victoria Mascías Corrochano, doña María Durán Pérez, doña Idenilda Assolar Martins y don José Carlos Navas Romero, contra “Pilates Wellness & Energy, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto de fecha 27 de enero de 2014 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto: acuerdo: Declarar extinguida la relación laboral que mantenía los trabajadores y la empresa a fecha 27 de enero de 2014, debiendo “Pilates Wellness & Energy, Sociedad Limitada”, declarada en concurso, abonar en concepto de indemnización por despido y de salarios de tramitación, respectivamente, las siguientes cantidades:

A doña Beatriz Chico Carretero: 12.778,83 euros y 24.409,68 euros.

A doña María Victoria Mascías Corrochano: 2.979,41 euros y 16.834,68 euros.

A doña María Durán Pérez: 3.324,67 euros y 20.197,98 euros.

A doña Idenilda Assolar Martins: 1.668,75 euros y 7.575,00 euros.

A don José Carlos Navas Romero: 3.900,00 euros y 15.150,00 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, con la advertencia que contra la mismo cabe recurso de reposición en tres días.

Para la admisión del recurso de la empresa deberá, previamente, acreditarse la constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, número 4071, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “30” y “Social Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuesto de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario Juzgado de lo social número … (indique el número de Juzgado) de … (indique ciudad) y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.

Una vez firme la presente resolución, procédase al archivo de las actuaciones.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Adelaida Maroto Márquez, magistrada-juez del Juzgado de social número 11 de Sevilla.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Pilates Wellness & Energy, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 27 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.868/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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