Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2014

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140227-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Notificación procedimiento sancionador

Por medio de la presente y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le notifico el decreto de la Alcaldía con número 1476/2013, de 20 septiembre 2013, cuyo tenor literal le transcribo:

Resultando que por los agentes de la Policía Local con NIP T16967V y F10869S se ha formulado denuncia, el día 16 de diciembre de 2012, contra don Roberto Bachiller Ramos, representante del bar “La Mina”, dentro del campo de fútbol, por venta, consumo y tolerancia de bebidas alcohólicas en recinto deportivo.

Vista resolución de Alcaldía 723/2013, de 23 de abril, en cuya virtud se acordó el inició el procedimiento sancionador, notificándolo a los interesados y concediéndoles un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimaran convenientes.

Visto que el órgano instructor realizó propuesta de resolución contestando las alegaciones presentadas en fecha y con número de registro de entrada que se notificó a los interesados, concediéndoles un plazo de quince días para que formularan alegaciones y presentaran los documentos, alegaciones e informaciones ante el órgano instructor que estimaran convenientes, habiendo hecho uso del citado derecho en los siguientes términos:

Considerando lo dispuesto en el artículo 11 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece: “En materia de tributos locales, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones regulado en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la complementen y desarrollen, con las especificaciones que resulten de esta Ley y las que, en su caso, se establezcan en las ordenanzas fiscales al amparo de la Ley”.

Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad de Madrid, resuelvo:

Primero.—Considerar probados los hechos y sancionar, en consecuencia, a don Roberto Bachiller Ramos, representante del bar “La Mina”, dentro del campo de fútbol, con una multa de 3.000,01 euros por la comisión de una infracción grave según lo dispuesto en la Ley 19/2007, Contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, consistente en venta, consumo y tolerancia de bebidas alcohólicas en recinto deportivo.

Segundo.—Aprobar la liquidación con número de referencia 1300052700, por importe de 3.000,01 euros, incluida en el cargo número 292/2013, de 3 de octubre, y notificar la presente resolución junto con la liquidación.

Lo manda y firma ante mí, la alcaldesa-presidenta.

En Griñón, a 20 de septiembre de 2013.—Lo manda y firma ante mí, la alcaldesa-presidenta, María Antonia Díaz Garrido.

(02/8.655/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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