Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140228-117

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

117
Procedimiento ordinario 109 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 109 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Grover Alejandro Valdivia Álvarez, don Lory David Vargas Salvatierra, don Marco Antonio Zenzano y don Mario Echalar Domínguez, frente a “Assignia Infraestructuras, Sociedad Anónima”, y “Solventia4 Soluciones de Obra y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda deducida por don Lory David Vargas Salvatierra, don Grover Alejandro Valdivia Álvarez, don Mario Echalar Domínguez y don Marco Antonio Zenzano, contra las empresas “Assignia Infraestructuras, Sociedad Anónima”, y “Solventia4 Soluciones de Obra y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la codemandada “Solventia4 Soluciones de Obra y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, abonar:

A don Lory David Vargas Salvatierra: la suma de 5.418,29 euros por los conceptos estimados de su demanda.

A don Grover Alejandro Valdivia Álvarez: la suma de 4.757,26 euros por los conceptos estimados de su demanda.

A don Mario Echalar Domínguez: la suma de 2.038,44 euros por los conceptos estimados de su demanda.

A don Marco Antonio Zenzano: la suma de 2.080,65 euros por los conceptos estimados de su demanda.

Declarándose la responsabilidad solidaria de la entidad “Assignia Infraestructuras, Sociedad Anónima”, hasta el límite de 11.230,12 euros.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con número 2518, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la calle Princesa, número 2, con el número 2518, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso.

Asimismo, el recurrente habrá de acompañar, en su caso, en el momento de la interposición del recurso, el justificante de pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, y orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Assignia Infraestructuras, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.066/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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