Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
28-02-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140228-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1

174
Procedimiento ordinario 514 de 2013

EDICTO

Doña María Asunción Saiz de Marco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 514 de 2013, a instancias de la parte actora don Juan Francisco Córdoba Cárdenas, contra doña María Estrella Caso García y “Vanatur World Mobile Solutions, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 4 de noviembre de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 385 de 2013

En Jaén, a 4 de noviembre de 2013.—Vistos y examinados por la ilustrísima señora doña María José Hernández Caballero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Jaén, los presentes autos número 514 de 2013, sobre extinción de la relación laboral, a instancias del trabajador, y acumulada reclamación de cantidad, seguidos a instancias de “Vanatur World Mobile Solutions, Sociedad Limitada”, y doña María Estrella Caso García, a los que se acumulan los autos número 579 de 2013 seguidos ante el Juzgado de lo social número 2 de esta ciudad, a instancias de don Juan Francisco Córdoba Cárdenas, contra “Vanatur World Mobile Solutions, Sociedad Limitada”, sobre despido, con citación del Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando las demandas acumuladas interpuestas por don Juan Francisco Córdoba Cárdenas, contra la empresa “Vanatur World Mobile Solutions, Sociedad Limitada”, sobre extinción de la relación laboral a instancias del trabajador, reclamación de cantidad y despido, declaro extinguida en la fecha de la presente resolución al relación labora que unía al actor con la empresa demandada, a la que condeno a que abone al actor en concepto de indemnización la suma de 4.405,42 euros, en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente resolución la suma de 9.883,01 euros, cantidad esta última que debe devengar el interés por mora previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Absolviendo a doña María Estrella Caso García y al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio respecto de este último de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, debiendo presentar resguardo acreditativo de haber ingresado tanto el importe de la condena como el depósito de 300 euros en la cuenta corriente de este Juzgado abierra en “Banesto”, oficina de principal de este ciudad (clave número 2045/0000/64/0815/12).

Así por este mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia estando celebrando audiencia pública al ilustrísima magistrada-juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Vanatur World Mobile Solutions, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 17 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.962/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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