Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2014

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140301-33

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29

33
Juicio de faltas 1.473 de 2013

EDICTO

Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.473 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 1.473 de 2013, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don David García Marrero; como denunciado, don Valentin Stan, que no comparece pese a estar citado en forma, y como perjudicada, el establecimiento comercial “Lidl” constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados, recayendo la presente resolución con base a lo siguiente:

Debo condenar y condeno a don Valentin Stan, como autor criminalmente responsable de una falta de hurto, ya definida, a la pena de multa de un mes, a una cuota diaria de 6 euros, lo que totaliza la cantidad de 180 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, le condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere.

Hágase entrega definitiva a la perjudicada de los efectos sustraídos y recuperados.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Valentin Stan, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 31 de enero de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/4.451/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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