Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140307-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

139
Ejecución 158 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 158 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sidy Mody Diawara, frente a “Construcciones y Servicios JNA, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 70 de 2012 a favor de la parte ejecutante don Sidy Mody Diawara, frente a “Construcciones y Servicios JNA, Sociedad Limitada”, por importe de 930,11 euros de principal (845,56 euros de salarios adeudados, más 84,55 euros de interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 50 euros presupuestados para intereses y 10 euros en concepto de costas provisionales, bajo apercibimiento de que de no cumplir en su integridad la obligación en el plazo de tres meses, se podrá incrementar el interés legal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en dos puntos más.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Servicios JNA, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.913/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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