Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2014

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140310-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

20
ACUERDO de 18 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, por el que se suprime el fichero de datos de carácter personal, denominado “Oferta de conocimiento” que se incluye en el Anexo I.

De conformidad con el Acuerdo aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos en su sesión ordinaria de 18 de diciembre de 2013, este Rectorado, en uso de las competencias reconocidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada parcialmente por la Ley Orgánica 4/2007, ha dispuesto ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, de fecha 18 de diciembre de 2013, por el que se suprime el fichero de datos de carácter personal, denominado “Oferta de conocimiento”, cuyo texto se recoge en Anexo al presente Acuerdo.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger el derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, contemplado por la Constitución española en su artículo 18, aplicable tanto a los ficheros informatizados como a los manuales estructurados que contengan datos de carácter personal.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y el artículo 52.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdo publicado en el “Boletín Oficial del Estado” o en el diario oficial correspondiente.

Por otra parte, el artículo 39.2.a) de la mencionada Ley Orgánica 15/1999, dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos, los ficheros de datos de carácter personal que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Administraciones Públicas.

Asimismo, los artículos 53, 54 y 55 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establecen la forma y contenido que ha de revestir la disposición o acuerdo de creación, modificación o supresión de ficheros, así como el modo en que se procederá a la notificación e inscripción de ficheros al Registro General de Protección de Datos.

La Universidad Rey Juan Carlos, creada por Ley de la Comunidad de Madrid 7/1996, de fecha 8 de julio, como Universidad Pública, está incluida, respecto a los ficheros de carácter personal, en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999.

Los ficheros que se crean por medio de la presente Resolución, cuyas características se definen en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XI, XII, XIII y XIV, cumplen las medidas de seguridad establecidas en el título VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Por cuanto antecede, y con la finalidad de salvaguardar los datos de carácter personal que se gestionan desde la Universidad Rey Juan Carlos, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la disposición adicional vigésima primera, apartado 1, de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 abril, por la que se modifica la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

DISPONGO

Primero

Se procede a la creación de los ficheros de datos de carácter personal de la Universidad Rey Juan Carlos que se relacionan en los Anexos I, II, II IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XIV del presente Acuerdo, en los términos y condiciones fijados en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Segundo

La Universidad Rey Juan Carlos adoptará las medidas de seguridad, técnicas y organizativas, que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, de conformidad con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tercero

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 55.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el presente Acuerdo de creación de ficheros de datos de carácter personal será publicado en el diario oficial correspondiente.

Cuarto

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Móstoles, a 17 de febrero de 2014.—El Rector, Fernando Suárez Bilbao.

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: OFERTA DE CONOCIMIENTO.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Universidad Rey Juan Carlos.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Universidad Rey Juan Carlos.

Nombre y descripción del fichero: OFERTA DE CONOCIMIENTO.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: Base de datos relacional. Datos de identificación personal y de códigos de investigación.

Descripción detallada de la finalidad de fichero y los usos previstos del mismo: PONER EN RED LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN E INVESTIGADORES (CPI) DE LA COMUNIDAD DE MADRID. TRATAMIENTO DE PROYECTOS/LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN.

Personas o colectivos sobre lo que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: PERSONAL INVESTIGADOR.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: Directamente a través de la página web de la Comunidad de Madrid.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Libre acceso.

(03/6.866/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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