Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140311-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 79

76
Procedimiento 325 de 2011

EDICTO

Doña Rosa María Luesía Blasco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 79 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 325 de 2011, sobre otras materias, y en los que ha recaído sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María Loreto Outeriño Lago, en nombre y representación de doña María Claret Sosa Sosa, formulada contra don Carlos Pesavento, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de ambos cónyuges, adoptando como medidas definitivas las siguientes:

1. La disolución del matrimonio de ambos cónyuges, cesando la presunción de convivencia conyugal.

2. Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado en favor del otro, y cesa la posibilidad de vincular bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.

Y para que sirva de notificación de la sentencia al demandado don Carlos Pesavento, en ignorado paradero.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/1.436/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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