Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2014

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140313-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

13
RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se ratifica la designación a la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, como laboratorio de calibración metrológica oficialmente autorizado de vasijas de 10 litros de capacidad nominal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Por Resolución de 21 de febrero de 2013 se transmitió la habilitación concedida al “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, como laboratorio de calibración metrológica oficialmente autorizado de vasijas de 10 litros de capacidad nominal en el ámbito de la Comunidad de Madrid por la Resolución de 2 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, a la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, con domicilio social en la calle Valentín Beato, número 16, 28006 Madrid, y CIF número B-86554003.

Segundo

Por Acuerdo de 12 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, se autoriza la enajenación directa a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid de todas participaciones sociales propiedad de la Comunidad de Madrid, las cuales representan el 50 por 100 de capital social de la mercantil “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”.

Tercero

En fecha 20 de diciembre de 2013, se firma la venta de la participación de la Comunidad de Madrid en esa entidad a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, formalizándose en la escritura pública número 11.004, de la citada fecha.

Cuarto

Don Rodolfo del Olmo López, en nombre y representación de “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, presenta ante esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, con fecha de registro de entrada 27 de diciembre de 2013, solicitud de la continuidad de la habilitación concedida como laboratorio de calibración metrológica oficialmente autorizado de vasijas de 10 litros de capacidad nominal en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

Segundo

El Decreto 147/1998, de 27 de agosto, de protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el servicio de suministro de gasolinas y gasóleos de automoción en instalaciones de venta al público, establece en su artículo 16, en el punto 3, “A fin de verificar la correcta medición de los aparatos surtidores y las cantidades de combustible suministrado, todas las instalaciones de venta de gasolinas y gasóleos de automoción a los consumidores y usuarios dispondrán como útil de comprobación de un recipiente de medida, de 10 litros de capacidad, sin perjuicio de los útiles que en número, tipo y composición se establezcan en las normas metrológicas. El recipiente de medida de 10 litros anteriormente citado estará certificado y calibrado oficialmente, y deberá cumplir con lo preceptuado en las disposiciones que le sean de aplicación, al objeto de garantizar la fiabilidad de la medida”.

Tercero

El apartado cuarto de la parte dispositiva de la Resolución 21 de febrero de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita a “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, como laboratorio de calibración metrológica oficialmente autorizado de vasijas de 10 litros de capacidad nominal en el ámbito de la Comunidad de Madrid, establece que la misma mantendrá su vigencia mientras la Comunidad de Madrid conserve o incremente su participación sobre la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, o sus órganos de gobierno. Asimismo, se establece que cualquier variación a este respecto deberá comunicarse a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, quien ratificará, revocará o modificará los términos de la citada Resolución.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales y reglamentarias de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Ratificar los apartados primero, segundo, tercero y quinto de la parte resolutiva de la Resolución de 21 de febrero de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita a “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, con domicilio social en la calle Valentín Beato, número 16, 28006 Madrid, y CIF número B-86554003, como laboratorio de calibración metrológica oficialmente autorizado de vasijas de 10 litros de capacidad nominal en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 24 de enero de 2014.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/1.197/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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