Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
19-03-2014

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140319-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2

97
Juicio de faltas 351 de 2013

EDICTO

Doña María de las Mercedes Martín López, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 351 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 14 de noviembre de 2013.—El ilustrísimo señor magistrado-juez, don Juan Ramón Rodríguez Llamosi, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 351 de 2013 sobre la presente falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal y como implicados centro comercial “Supercor” como denunciante y doña Tamara Muñoz Amador, doña Raquel San José Moreno y doña Mariana Amador Jiménez, como denunciadas, recayendo la presente resolución en base a los siguientes:

Que debo condenar y condeno a doña Tamara Muñoz Amador, doña Raquel San José Moreno y doña Mariana Amador Jiménez, como autores responsables de una falta de hurto.

A la pena a cada una de multa de un mes con una cuota diaria de 5 euros, quedando sujeto en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

A que indemnicen al centro comercial “Supercor” en la suma de 345,16 euros.

Al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

El escrito de formalización del recurso de apelación habrá de presentarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano que dictó la resolución que se impugne y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará domicilio para notificaciones.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Raquel San José Moreno, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 5 de febrero de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/6.598/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140319-97