Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
19-03-2014

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140319-30

Páginas: 13


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

30
RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2014, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se actualiza el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2014.

La Orden 317/2013, de 6 de mayo, por la que se establecen los criterios de actuación en materia de inspección sanitaria de la Comunidad de Madrid para el período 2013 a 2015, aprueba los criterios de actuación en materia de inspección de sanidad dentro de la Comunidad de Madrid para el período 2013 a 2015. Igualmente, aprueba el Plan Integral de Inspección de Sanidad para el año 2013 a 2015.

Teniendo en cuenta las especificidades requeridas en los programas parciales de inspección para el año 2014 y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la referida Orden, que faculta a la Dirección General de Ordenación e Inspección para adoptar las medidas de desarrollo y ejecución de la misma,

RESUELVO

Primero

Actualizar el apartado II del Anexo II de la Orden 317/2013, de 6 de mayo, estableciendo los Programas de Inspección de Sanidad a desarrollar durante el año 2014 y que, a continuación, se relacionan:

I. Plan 2014 de la Dirección General de Ordenación e Inspección

Plan Parcial de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios

Objetivo general: Velar por la seguridad de la asistencia que recibe el ciudadano en los centros y servicios sanitarios y en los establecimientos de óptica, así como en los vehículos de transporte sanitario terrestre de la Comunidad de Madrid.

1. Programas básicos de inspección.

Objetivo: Garantizar que los centros y servicios sanitarios, y establecimientos de óptica con autorización sanitaria de funcionamiento y los vehículos certificados para el transporte sanitario, reúnen los requisitos técnico-sanitarios establecidos en la legislación sanitaria vigente.

1.1. Programa de inspección para verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios dentro de la tramitación de la autorización sanitaria.

Objetivos:

— Comprobar que los centros y servicios sanitarios, así como los establecimientos de óptica, reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente referentes a planta física, personal y medios, así como las normas mínimas de funcionamiento, previo a la concesión de su autorización sanitaria.

— Comprobar que los depósitos de medicamentos reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente previo a la concesión de su autorización sanitaria.

1.2. Programa de inspección de vehículos de transporte sanitario terrestre para verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios dentro de la tramitación de la certificación sanitaria.

Objetivo:

— Comprobar que los vehículos de transporte sanitario terrestre reúnen los requisitos técnico-sanitarios previstos en la legislación vigente previo a la concesión de su certificación técnico-sanitaria.

2. Programas de inspección de oficio.

Objetivo: Garantizar que la asistencia prestada en los centros y servicios sanitarios y en los establecimientos de óptica, así como en los vehículos de transporte sanitario terrestre se efectúa en condiciones de seguridad para el usuario y de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

2.1. Programa de detección de centros y servicios sanitarios, así como de establecimientos de óptica, sin autorización sanitaria o con autorización sanitaria no vigente.

Objetivo:

— Detectar posibles incumplimientos y proponer medidas pertinentes, con especial atención a los centros con autorización de instalación que no hayan solicitado autorización de funcionamiento y aquellos que hayan sido objeto de desistimiento en su proceso de autorización.

2.2. Programa de seguimiento centros y servicios sanitarios, así como de establecimientos de óptica.

Objetivo:

— Identificar y seguir de manera continuada aquellos centros y servicios sanitarios, así como de establecimientos de óptica que, bien por haber sido sometidos a medidas cautelares o sanciones, bien por la cartera de servicios ofertada u otros motivos, puedan ser considerados de mayor riesgo para la salud de la población a la que atienden.

2.3. Programa de verificación a vehículos de transporte sanitario terrestre.

Objetivo:

— Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para efectuar el transporte sanitario terrestre una vez obtenida la certificación técnico-sanitaria para realizarlo.

2.4. Programa de inspección de denuncias y reclamaciones.

Objetivo:

— Detectar las posibles irregularidades de los centros sanitarios de la Comunidad de Madrid que son objeto de alguna denuncia o reclamación y proponer medidas correctoras.

2.5. Programa de centros sanitarios autorizados como clínicas dentales.

Objetivo:

— Comprobar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios que, según la normativa vigente, deben mantener los centros que ofertan esta prestación sanitaria.

2.6. Programas de centros sanitarios autorizados para la práctica de interrupción voluntaria del embarazo.

Objetivo:

— Comprobar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios que, según la normativa vigente, deben mantener estos centros.

Plan Parcial de Ordenación Farmacéutica

1. Programa de garantía de las instalaciones de las oficinas de farmacia, depósitos de medicamentos y servicios de farmacia.

Objetivo:

— Comprobar que las instalaciones propuestas para oficinas de farmacia y unidades de farmacia reúnen los requisitos mínimos exigibles, en lo referente a planta física, personal, medios, y normas mínimas de funcionamiento previamente a la concesión de su autorización sanitaria.

Plan Parcial de Inspección Sanitaria Médica

Objetivo general: Garantizar la adecuación y el correcto uso de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud y del Sistema de Seguridad Social, dentro de las competencias de la Consejería de Sanidad, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

1. Programa de inspección, seguimiento y control de la incapacidad temporal en la población general.

Objetivo:

— Comprobar y asegurar el uso adecuado de la prestación por incapacidad temporal en la población activa general.

2. Programa de inspección, seguimiento y control de la incapacidad temporal en centros dependientes de la Administración regional.

Objetivo:

— Verificar la adecuación de los indicadores de incapacidad temporal en el personal de centros dependientes de la Administración regional.

3. Programa de control de los medicamentos y productos sanitarios en los que se ha establecido el visado de inspección.

Objetivo:

— Verificar la conformidad del tratamiento prescrito en el Sistema Nacional de Salud con las condiciones de utilización autorizadas en la ficha técnica y las indicaciones terapéuticas financiadas.

4. Otros programas de inspección.

4.1. Programa de responsabilidad patrimonial en materia de asistencia sanitaria.

Objetivo:

— Verificar la adecuación de la asistencia sanitaria en los procedimientos de reclamaciones por responsabilidad patrimonial derivada de la misma.

4.2. Programa de análisis y valoración técnica en materia de prestaciones sanitarias.

Objetivo:

— Colaboración y coordinación con otros Servicios o Unidades de la Consejería de Sanidad en materia de actividades de auditoría, evaluación e inspección de centros y servicios sanitarios.

4.3. Programas de otras actuaciones en materia de prestaciones sanitarias.

Objetivo:

— Garantizar la adecuación de las prestaciones sanitarias en el ámbito competencial de la inspección, mediante la valoración técnica del reintegro de gastos.

Plan Parcial de Evaluación Sanitaria

Objetivo general: Auditoría de la organización y de la gestión de la asistencia sanitaria a través de la evaluación continua y auditoría de los distintos medios, dispositivos y prestaciones de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública (RSUUP), para garantizar la calidad de la asistencia sanitaria recibida por los ciudadanos en la Comunidad de Madrid.

1. Programa de evaluación de la actividad concertada de Procedimientos Quirúrgicos, Diagnósticos y de Rehabilitación.

Objetivo:

— Verificar el grado de cumplimiento por parte de los centros sanitarios adjudicatarios de la actividad concertada en lo referente a la prestación del servicio, la seguridad del paciente, la calidad asistencial, las especificaciones técnicas y las características de mejora alegadas.

2. Programa de evaluación de las Técnicas de Terapia Respiratoria a domicilio.

Objetivo:

— Conocer la implantación y desarrollo de la Oxigenoterapia Crónica Domiciliaria y del tratamiento ventilatorio del síndrome de apnea del sueño, evaluando la calidad de la prestación, su consumo, las medidas de control y el cumplimiento de las obligaciones de la casa suministradora.

— Evaluación del cumplimiento de los protocolos de prescripción.

3. Programa de evaluación de la derivación de procedimientos diagnósticos desde centros propios.

Objetivos:

— Constatar las pruebas diagnósticas derivadas a centros adjudicatarios.

— Evaluar el grado de respuesta de los hospitales propios para practicar las pruebas que se derivan.

4. Programa de evaluación de la actividad para diálisis, tanto de centros adjudicatarios de la actividad concertada, como de centros propios.

Objetivos:

— Evaluar el grado de cumplimiento por parte de los centros sanitarios adjudicatarios de la actividad de diálisis, en lo referente a la prestación del servicio, la seguridad del paciente, la calidad asistencial, las especificaciones técnicas y las características de mejora alegadas.

— Valoración del grado de utilización del equipamiento para hemodiálisis de los centros propios.

5. Programa de evaluación de la gestión de la Lista de Espera Quirúrgica (LEQ).

Objetivo:

— Evaluar los criterios de inclusión y clasificación de pacientes, programación de la actividad quirúrgica, derivación de pacientes a otros centros, movimientos y salidas de la LEQ y elementos internos de control.

6. Programa de evaluación del cumplimiento de los objetivos de calidad de los hospitales, con independencia de su modelo de gestión.

Objetivo:

— Evaluar la implementación y desarrollo de programas y actividades relacionados con seguridad del paciente, calidad percibida y gestión de calidad; en el caso de los hospitales gestionados bajo el régimen de concesión, se auditará el cumplimiento de los planes de calidad incluidos en sus pliegos.

— Evaluación del Plan de personalización y humanización de la asistencia.

7. Programa de Auditorías sobre Procedimiento de Registro y Gestión de Sugerencias y Reclamaciones.

Objetivo:

— Auditar el procedimiento de registro y gestión de las sugerencias y reclamaciones que se realiza en los hospitales de la Red Sanitaria de Utilización Pública de la Comunidad de Madrid.

8. Programa de Auditorías sobre Objetivos anuales de Continuidad Asistencial.

Objetivo:

— Auditar el cumplimiento de determinados objetivos de continuidad asistencial establecidos en el contrato-programa de los hospitales la Red Sanitaria de Utilización Pública de la Comunidad de Madrid.

Plan Parcial de Inspección en Higiene, Calidad y Seguridad Alimentaria

Objetivo General: Prevenir las enfermedades relacionadas con los alimentos y la exposición de las personas a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria y garantizar la calidad alimentaria a través del control oficial de establecimientos alimentarios y alimentos.

1. Programa de inspección y apoyo al control oficial.

Objetivos:

— Asegurar, mediante inspección, el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos alimentarios y de las empresas de transporte de alimentos.

— Asegurar que la información del etiquetado de los productos alimenticios es correcta y garantiza su consumo seguro.

— Gestión de alertas alimentarias para verificar la retirada efectiva de alimentos que implican un riesgo para la salud del consumidor.

— Resolver mediante inspección los brotes de toxiinfección alimentaria y denuncias en materia de seguridad alimentaria.

— Evaluar las notificaciones de puesta en el mercado nacional de complementos alimenticios.

— Efectuar las inspecciones previas a la emisión de los certificados sanitarios para la exportación de productos alimenticios y llevar a cabo las actuaciones de inspección/auditoría de acuerdo a los procedimientos establecidos para la autorización de empresas alimentarias para exportar a países terceros.

— Facilitar a los sectores alimentarios el cumplimiento de los requisitos de seguridad alimentaria mediante elaboración de documentos técnicos a difundir en Internet.

— Mejorar el control oficial mediante herramientas de trabajo adecuadas.

— Promover la formación sobre control oficial relativa a este programa.

2. Programa de Implantación de Sistemas de Autocontrol.

Objetivos:

— Conseguir que los establecimientos alimentarios puedan garantizar la inocuidad de los alimentos comercializados mediante la implantación de sistemas de autocontrol eficaces basados en los principios del Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC) y unas prácticas correctas de higiene.

— Verificar a través de auditorías que los establecimientos alimentarios cumplen los requisitos de higiene mediante la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC.

— Mejorar el control oficial (auditorías) mediante herramientas de trabajo adecuadas.

— Promover la formación sobre el control oficial del sistema APPCC.

— Fomentar la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC en las pequeñas empresas siguiendo criterios de flexibilidad.

3. Programa de vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos.

Objetivos:

— Identificar los peligros priorizados de naturaleza biológica mediante muestreos y análisis programados: Patógenos zoonóticos, incluidas sus resistencias antimicrobianas y criterios microbiológicos.

— Identificar los componentes alimentarios capaces de desencadenar intolerancias y alergias en la población sensible.

— Identificar los peligros priorizados de naturaleza química mediante muestreos y análisis programados: Contaminantes alimentarios, residuos de plaguicidas, residuos de medicamentos veterinarios y migraciones de materiales en contacto con alimentos.

— Identificar el agente causal de los brotes de origen alimentario que se declaran en la Comunidad de Madrid, mediante los muestreos y análisis practicados por los servicios oficiales en el curso de las investigaciones epidemiológicas.

— Actuar ante los incumplimientos analíticos obtenidos en los muestreos programados: Retiradas de mercado, propuesta de inicio de expediente sancionador o nueva toma de muestras y comunicaciones.

— Activar el Plan de Sospechosos en los mataderos de la Comunidad de Madrid ante notificaciones de explotaciones ganaderas recibidas a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).

— Mejorar el control oficial mediante herramientas de trabajo adecuadas.

— Promover la formación sobre el control oficial de peligros de distinta naturaleza.

4. Programa de prevención y control de riesgos en establecimientos de obtención de carne fresca.

Objetivos:

— Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección ante-mortem e inspección postmortem de los animales destinados a consumo humano.

— Verificar que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la legislación aplicable en relación con el estado de limpieza de los animales, la documentación de traslado de animales e información sobre cadena alimentaria, el estado de salud de los animales y su identificación.

— Supervisar los aspectos del bienestar animal en la estabulación y en el sacrificio.

— Verificar que los establecimientos gestionan los decomisos y el Material Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en la cadena alimentaria.

— Controlar la carne obtenida en las actividades cinegéticas y matanzas domiciliarias de cerdos.

— Mejorar el control oficial mediante herramientas de trabajo adecuadas.

— Promover la formación sobre control oficial relativa a este programa.

5. Programa de auditoría de los sistemas de control en seguridad alimentaria.

Objetivos:

— Verificar mediante auditoría que el sistema de control oficial en materia de seguridad alimentaria es adecuado para alcanzar los objetivos de la legislación pertinente.

6. Programa de control de la calidad alimentaria de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Inspeccionar la calidad de los productos alimenticios, la prevención del fraude y la protección del consumidor en el ámbito alimentario, mediante la vigilancia y control de establecimientos y productos verificando su identidad, peso, composición o trazabilidad, entre otros, en las distintas fases de la cadena alimentaria.

— Analizar e inspeccionar grupos de alimentos en los lineales de distribución y venta de productos alimenticios para prevenir el fraude, adoptando las medidas necesarias en caso de incumplimientos.

7. Programa de control de la publicidad engañosa de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Vigilar y controlar las indicaciones obligatorias y los mensajes nutricionales y de propiedades saludables incluidos en el etiquetado de los alimentos para asegurar el derecho de los consumidores a recibir una información veraz.

— Vigilar y controlar la publicidad relacionada con propiedades nutricionales y saludables de los alimentos evitando situaciones de engaño a los consumidores.

— Control específico del etiquetado y publicidad de complementos alimenticios notificados a efectos de su puesta en el mercado.

Plan Parcial de Sanidad Ambiental

Objetivo general: Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de vigilancia, inspección y control de los factores ambientales y aspectos de salud laboral en la Comunidad de Madrid para preservar la salud de los ciudadanos.

1. Programa de intervención y evaluación sobre riesgos ambientales en salud.

Objetivos:

— Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.

— Prevenir los riesgos ambientales para la salud mediante la inspección y toma de muestras de instalaciones de riesgo de Legionella: Torres de refrigeración, condensadores evaporativos e instalaciones de agua caliente sanitaria, así como otros dispositivos de riesgo.

— Prevenir el riesgo químico para la salud mediante la inspección para comprobar el cumplimiento de la normativa europea en las empresas de productos químicos de la CM [Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicos (REACH); Materiales en contacto con alimentos; Biocidas y Consumidor final: detergentes, pinturas, etcétera].

— Gestionar las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental referentes a establecimientos, empresas, instalaciones y productos.

— Evaluar el impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de la Ley 2/2012, de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid.

— Asesoramiento técnico a los municipios para el cumplimiento de la normativa de sanidad ambiental.

— Colaborar, con la Administración competente, en la promoción de estrategias de lucha antivectorial y la implantación de programas de control de plagas en municipios de menos de 10.000 habitantes.

2. Programa de vigilancia del polen y otros determinantes ambientales físicos y químicos con efecto en salud.

Objetivos:

— Vigilar la concentración de polen atmosférico mediante el análisis continuo de sus niveles, por medio de captadores distribuidos por la región, difundiendo la información polínica a la población general, de riesgo y a los profesionales sanitarios.

— Vigilancia de la exposición a otros factores ambientales con especial relevancia para la población en los siguientes ámbitos:

• Contaminación atmosférica (ozono y otros contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema sanitario.

• Extremos térmicos dentro del Plan de Alerta y Prevención de los efectos del calor en la Comunidad de Madrid.

• Campos electromagnéticos: Estaciones base de telefonía móvil e infraestructuras eléctricas.

— Análisis espacio-temporal de los riesgos ambientales que afectan a la salud a través de Sistemas de Información Geográfica para información al Sistema Sanitario Madrileño.

3. Programa de vigilancia, intervención y evaluación sobre zoonosis y otros riesgos biológicos.

Objetivos:

— Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia, el control y la toma de muestras en vectores, animales domésticos y fauna silvestre, de: Leishmaniosis, hidatidosis-echinococosis, rabia, enfermedades emergentes y reemergentes.

4. Programa de gestión de autorizaciones y registros de empresas y establecimientos en el ámbito de la salud pública.

Objetivos:

— Dar cumplimiento al marco normativo nacional y autonómico existente sobre las siguientes Autorizaciones y Registros Sanitarios:

• Empresas y Establecimientos Alimentarios.

• Establecimientos y Servicios Biocidas.

• Laboratorios de análisis de alimentos.

• Establecimientos de adorno corporal.

• Centros de bronceado mediante radiaciones UVA.

• Entidades de formación de aplicadores de biocidas, técnicas de adorno corporal y radicaciones UVA.

— Dar respuesta a las demandas de información acerca de las instalaciones de centros y de establecimientos en salud pública.

5. Programa de vigilancia e intervención en autorizaciones y registros de empresas y establecimientos en el ámbito de la salud pública.

Objetivos:

— Supervisión técnica documental, inspección y control de los establecimientos y servicios biocidas así como de las entidades de formación.

— Verificar el cumplimiento normativo de los laboratorios de análisis de productos alimenticios y aguas de consumo mediante la supervisión técnica documental e inspección y auditoria.

— Prevenir los riesgos en salud pública verificando el cumplimiento de la normativa sanitaria de los establecimientos de tatuaje, micropigmentación, “piercing” y centros de bronceado que utilizan rayos ultravioleta a través de auditorías documentales e inspecciones, incluyendo sus centros de formación.

6. Programa de gestión de sistemas de información como herramienta de la inspección.

Objetivos:

— Mantener y optimizar las funcionalidades del Sistema de Información de Sanidad Ambiental e Higiene Alimentaria así como formar a los usuarios y elaborar la información necesaria para su correcta utilización.

— Consolidar el Sistema de Información del Laboratorio Regional de Salud Pública así como coordinar los grupos de trabajo para el desarrollo de explotaciones de información.

7. Programa de Salud Laboral.

Objetivos:

— Verificar que los servicios de prevención ajenos, sociedades de prevención y entidades auditoras reúnen, en materia sanitaria, los requisitos previstos en la legislación vigente para obtener su acreditación por la autoridad laboral.

— Vigilar, analizar, evaluar y emitir informes a centros sanitarios para prevenir accidentes con riesgo biológico de sus trabajadores.

— Registro y seguimiento de la salud de la población laboral expuesta a amianto.

— Atender a demandas de información y asesoramiento en materia de salud laboral a instituciones, empresas, sociedades científicas, agentes sociales y población trabajadora de la Comunidad de Madrid.

8. Programa de control de actividades y empresas funerarias.

Objetivos:

— Verificar las condiciones higiénico-sanitarias en los traslados de cadáveres.

— Comprobar el cumplimiento de las condiciones funcionales y estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas tanatológicas.

— Supervisar las condiciones higiénicas en exhumaciones de cadáveres.

— Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y condiciones higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con competencias en la materia.

Plan Parcial de Inspección Farmacéutica

1. Programa de control y seguimiento de la prescripción de los facultativos médicos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).

Objetivo:

— Análisis y seguimiento de la prescripción de los médicos del SERMAS en base a sus altos índices de prescripción y/o su distribución y, en general, a cualquier incidencia que aconseje realizar actuaciones.

2. Programa de control de los procedimientos para el seguimiento y control del Programa de Asistencia Farmacoterapéutica a Pacientes Externos.

Objetivo:

— Comprobar que los procedimientos establecidos para la dispensación de medicamentos a pacientes externos en los hospitales se ajustan a la normativa establecida.

3. Programa de control de la prescripción y dispensación de recetas oficiales de Sistema Nacional de Salud atribuidas a pacientes domiciliados en residencias de personas mayores.

Objetivo:

— Comprobar que la prescripción y dispensación de recetas oficiales del Sistema Nacional de Salud atribuidas a pacientes domiciliados en residencias de personas mayores se realiza siguiendo criterios de transparencia, calidad y eficiencia.

4. Programa de seguimiento de la utilización fraudulenta de recetas oficiales del Sistema Nacional de Salud.

Objetivo:

— Detectar la utilización fraudulenta de recetas del Sistema Nacional de Salud para obtener medicamentos susceptibles de desviación hacia usos no terapéuticos.

5. Programa de seguimiento de la facturación de las oficinas de farmacia, a la Consejería de Sanidad.

Objetivo:

— Detectar y analizar las desviaciones en la facturación de las oficinas de farmacia a dos niveles:

• Farmacias que dispensan recetas de otras Comunidades Autónomas.

• Farmacias con mayores incrementos en recetas facturadas.

6. Programa de evaluación del funcionamiento y de la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia.

Objetivos:

— Evaluar el funcionamiento y la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia de nuestra Comunidad.

— Detectar las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios en relación con la atención prestada en las oficinas de farmacia.

7. Programa de seguimiento integral de medicamentos susceptibles de desviación.

Objetivo:

— Verificar que la dispensación de medicamentos susceptibles de desviación hacia usos no autorizados se realiza en el marco de la normativa de aplicación.

8. Programa de evaluación de la elaboración de fórmulas magistrales por las oficinas de farmacia.

Objetivo:

— Verificar que las fórmulas magistrales elaboradas en las oficinas de farmacia se realiza conforme establece la normativa, en lo relativo a estructura, utillaje y procedimientos.

9. Programa de seguimiento de la adquisición por oficinas de farmacia de medicamentos susceptibles de distribución inversa.

Objetivo:

— Reforzar la protección de la salud, al implementarse actuaciones preventivas ante posibles problemas de suministro de medicamentos, susceptibles de distribución inversa y cuyo desabastecimiento tiene repercusión asistencial para los pacientes.

10. Programa de seguimiento de la actuación en las oficinas de farmacia en relación con la dispensación de especial control médico o estrecho margen terapéutico.

Objetivo:

— Verificar que la dispensación de medicamentos de Especial Control Médico (ECM) por las oficinas de farmacia de la Comunidad de Madrid se realice de acuerdo a su normativa vigente.

11. Programa de control de la prescripción realizada por médicos jubilados autorizados a prescribir en receta oficial.

Objetivo:

— Análisis de la prescripción realizada por médicos jubilados y distribución de la dispensación por oficinas de farmacia. Detección de posibles abusos.

12. Programa de evaluación de los procedimientos y circuitos establecidos en las Direcciones Asistenciales para el suministro directo a los Centros de Salud de medicamentos y productos sanitarios.

Objetivo:

— Evaluación del efecto de las modificaciones en el circuito de distribución de medicamentos y productos sanitarios a los Centros de Salud. Evaluación del cumplimiento de las normas establecidas para la conservación, control de caducidades y, en su caso, entregas y/o administración a pacientes.

13. Programa de evaluación de la implantación de la receta electrónica en la Comunidad de Madrid.

Objetivo:

— Análisis y seguimiento de la prescripción en receta electrónica de los médicos del SERMAS. Comprobación de su repercusión en la calidad de la prestación y en la evolución del gasto farmacéutico.

14. Programa de Auditorías sobre entrega de medicación en los Servicios de Urgencia y de primera receta en consultas externas de los hospitales de la Red Sanitaria de Utilización Pública de la Comunidad de Madrid

Objetivo:

— Verificar el cumplimiento de la Resolución 417/2008, del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), para mejorar la continuidad del tratamiento farmacológico entre Atención Primaria y Hospitalaria en lo que se refiere a la entrega de medicación suficiente al alta del paciente en la urgencia hospitalaria y de la entrega al paciente de la primera receta de los medicamentos de nueva prescripción tras atención en consultas externas.

15. Programa de Auditorías sobre cumplimiento de las recomendaciones del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) respecto a la utilización racional de determinados grupos terapéuticos.

Objetivo:

— Auditar el grado de cumplimiento de los criterios establecidos por el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) para la utilización racional de los antihipertensivos ARA II.

16. Programa de control de mercado, distribución y utilización de medicamentos de uso humano y veterinario.

Objetivos:

— Controlar la calidad de los medicamentos de uso humano y veterinario a lo largo de la cadena de utilización para verificar el mantenimiento de las características desde su fabricación.

— Controlar que las condiciones de almacenamiento, conservación, transporte y entrega al destinatario de medicamentos de uso humano y veterinario por parte de los almacenes farmacéuticos de distribución se realiza de acuerdo a la normativa vigente.

— Verificar el cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de medicamentos de uso humano.

— Control de la dispensación de medicamentos de uso hospitalario, estupefacientes y envases clínicos, para uso veterinario.

— Control de los gases medicinales en el ejercicio profesional veterinario, así como el seguimiento de la utilización de medicamentos en los botiquines veterinarios, a fin de evitar desvíos a usos no autorizados. Supervisión de la prescripción en cascada.

— Potenciar la seguridad en la utilización de medicamentos veterinarios, participando en el Programa nacional de recogida y evaluación de notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos de uso veterinario (Farmacovigilancia veterinaria).

17. Programa de control de medicamentos ilegales y falsificados.

Objetivos:

— Detectar la comercialización de medicamentos no evaluados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios que podrían suponer un riesgo para la salud de la población por su uso individual y/o concomitante con otros medicamentos.

— Detectar la comercialización de medicamentos falsificados.

18. Programa de control de la fabricación, importación y distribución de productos sanitarios y cosméticos.

Objetivos:

— Supervisar la calidad de los productos sanitarios y cosméticos para verificar el mantenimiento de las características desde su fabricación o importación.

— Supervisar el almacenamiento, conservación, trazabilidad y vigilancia de los productos sanitarios distribuidos de acuerdo con las exigencias contempladas en la legislación.

— Supervisar que los fabricantes de productos sanitarios a medida reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente referentes a instalaciones, personal y medios, así como las normas mínimas de funcionamiento, previo a la concesión de su autorización sanitaria.

19. Programa de control de la visita médica y de inspección de congresos científicos.

Objetivos:

— Supervisar que la visita médica para promoción de medicamentos en los centros y servicios de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública de la Comunidad de Madrid se realiza respetándose las actividades de carácter asistencial, formativo y docente de los profesionales sanitarios.

— Verificar que la publicidad de medicamentos, en sus diferentes modalidades, difundida en los congresos científicos y en particular la hospitalidad ofrecida en los mismos, se dirijan a profesionales facultados para prescribirlos o dispensarlos y cumplan con el resto de las exigencias legales establecidas.

20. Programa de inspección de cumplimiento de buenas prácticas clínicas (BPC) en el marco de la investigación con medicamentos.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y las Normas de BPC en el desarrollo de la investigación con medicamentos para garantizar la protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los pacientes participantes.

— Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y correcto funcionamiento de los Comités Éticos de Investigación Clínica acreditados en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

— Verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios exigibles para la certificación de unidades de fase I de investigación clínica en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

21. Programa de control y seguimiento de alertas farmacéuticas.

Objetivos:

— Seguimiento de las retiradas y otras medidas adoptadas a través de alertas farmacéuticas generadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

— Verificar que las empresas implicadas en un mayor número de alertas farmacéuticas, disponen de procedimientos adecuados que les permitan adoptar las medidas oportunas ante el conocimiento de defectos o riesgos potenciales para la salud de la población en relación con la calidad, seguridad o comercialización ilegal de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos u otros productos que por sus características se transmitan como alerta farmacéutica.

II. Plan de Inspección 2014 de la Agencia Antidroga

Objetivo general: Desarrollar todas las acciones dentro del marco competencial de la Agencia Antidroga en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, para favorecer la plena aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, tanto en las actividades desarrolladas a través de los centros y servicios de prevención, asistencia e integración de drogodependientes, como en lo referente a la publicidad, venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco.

1. Programa de inspección de centros y servicios de prevención, asistencia y reinserción de drogodependientes.

Objetivos:

— Comprobar que los centros y servicios que desarrollan actividad en drogodependencias en la Comunidad de Madrid, cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente.

— Comprobar el cumplimiento de los convenios y contratos suscritos por la Agencia Antidroga con centros y servicios de prevención, asistencia y reinserción de drogodependientes.

— Comprobación del cumplimiento de los contratos suscritos cofinanciados por el Fondo Social Europeo.

2. Programa de inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco establecido en la normativa vigente, en centros y establecimientos comerciales.

Objetivos:

— Inspeccionar los establecimientos de la Comunidad de Madrid, que son objeto de denuncia o reclamación.

— Verificar que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.

— Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco a los menores de dieciocho años.

— Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.

3. Programa de inspección del cumplimiento de la normativa sobre consumo de alcohol y tabaco establecido en la normativa vigente, en espectáculos públicos y actividades recreativas o de ocio, locales e instalaciones.

Objetivos:

— Inspeccionar los citados establecimientos de la Comunidad de Madrid que son objeto de denuncia o reclamación.

— Verificar que la venta, suministro y/o dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.

— Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente respecto a la venta, suministro y dispensación de bebidas alcohólicas y tabaco a los menores de dieciocho años.

— Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de tabaco en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.

— Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la instalación y funcionamiento de máquinas de tabaco.

4. Programa de control del cumplimiento de la normativa vigente en la promoción y publicidad de alcohol y tabaco.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de los actos de promoción y publicidad sobre las limitaciones a la venta, consumo y suministro de alcohol y tabaco.

— Comprobar el cumplimiento de las medidas de autocontrol y autolimitación entre las empresas anunciadoras de bebidas alcohólicas y tabaco.

— Verificar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de publicidad de tabaco.

5. Programa de inspección y control en el ámbito de las Administraciones Públicas.

Objetivo:

— Verificar el cumplimiento de la normativa vigente sobre tenencia, venta y consumo de alcohol y tabaco en el ámbito de las Administraciones Públicas sitas en la Comunidad de Madrid.

6. Programa de inspección y control de centros sanitarios.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de tabaco en los centros sanitarios y sus dependencias.

— Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información sobre la prohibición de consumo de tabaco y bebidas alcohólicas en los centros de trabajo y sus dependencias.

7. Programa de inspección y control de centros docentes, universitarios, formativos, áreas deportivas y polideportivos.

Objetivos:

— Verificar la prohibición expresa de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en los centros educativos de enseñanza infantil, primaria, secundaria, especial y polideportiva, así como en la enseñanza universitaria.

— Verificar la aplicación de la legislación vigente en materia de promoción, consumo, venta y suministro de tabaco y alcohol en el entorno de los citados centros.

8. Programa de inspección y control de denuncias recibidas en relación con el incumplimiento de Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, y la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.

Objetivo:

— Verificar los hechos denunciados en relación con la prohibición expresa de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en aquellos lugares donde la normativa vigente lo prohíba expresamente.

Segundo

La presente actualización entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de febrero de 2014.—El Director General de Ordenación e Inspección, Manuel Molina Muñoz.

(03/8.361/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140319-30