Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140321-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 4

83
Juicio verbal 2.222 de 2012

EDICTO

Yo, Silvia Sánchez Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas.

Hago saber: Que en el procedimiento juicio verbal número 2.222 de 2012, instado por “RPFI Moraleja Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Acosta Boutiques, Sociedad Limitada”, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En la ciudad de Alcobendas, a 9 de abril de 2013.—Vistos por doña Marta Díez Pérez-Caballero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio verbal número 2.222 de 2012, seguidos a instancias de “RPFI Moraleja Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, representado por la procuradora doña Elena Muñoz Torrente, contra “Acosta Boutiques, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por “RPFI Moraleja Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a “Acosta Boutiques, Sociedad Limitada”, a abonar la suma de 22.320,23 euros.

Las cantidades reclamadas devengarán el interés pactado, consistente en el interés legal del dinero incrementado en 6 puntos porcentuales, desde el momento en que hubiera estado obligado a realizar el pago, interés que ha sido liquidado hasta el acto de la vista en la suma de 1.726,62 euros.

Se hace expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Acosta Boutiques, Sociedad Limitada”, bajo los apercibimientos legales oportunos.

En Alcobendas, a 13 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.764/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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