Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140325-209

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 4

209
Ejecución 82 de 2014

EDICTO

Doña María José Sáez Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Almería.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 82 de 2014, a instancias de la parte actora don Antonio Cortés Fernández, contra “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha de hoy del tenor literal siguiente:

Auto

Parte dispositiva:

1. Se acuerda la ejecución definitiva de la sentencia de fecha 20 de noviembre de 2013, dictada en los autos de despidos a favor de don Antonio Cortés Fernández, contra “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”.

2. En orden a la ejecución de la obligación de readmitir, oigase a las partes en comparecencia sobre los hechos de la no readmisión alegada.

Modo de impugnarla por la ejecutada: mediante escrito formulando oposición a la ejecución, en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación (tanto los defectos procesales como las razones de fondo), que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 556 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Modo de impugnarla por la ejecutante: contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo 551.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). No obstante, si la ejecutante entiende denegada parcialmente la ejecución podrá interponer recurso de reposición ante el juez (artículo 552.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) mediante escrito presente en la oficina en los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.2 y 187.1 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Social).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Social).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en “Banco Santander”, consignaciones que deberá ser acreditada al interponer al recurso (disposición decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Notifíquese esta resolución.

Lo acuerda y firma doña Marta de Torres Moreno, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Almería.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María José Sáez Navarro.—En Almería, a 3 de marzo de 2014.

Habiendo presentado escrito don Antonio Cortés Fernández, exigiendo el cumplimiento por “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, de la obligación de readmisión, acuerdo:

De conformidad al artículo 280 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Social, citar de comparecencia a las partes, con las advertencias legales y haciéndoles saber que deberán asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y señalar comparecencia, que tendrá lugar el día 10 de abril de 2014, a las nueve cuarenta y cinco horas. También acuerdo citar a la empresa por medio de edictos y al Fondo de Garantía Salarial, con la advertencia de que de no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud, si no lo hiciere el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese esta resolución a las partes, sirviendo la misma de citación en forma en el momento de su notificación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, con CIF B-85632081, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Almería, a 3 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.280/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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