Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140327-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 31

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Procedimiento 731 de 2013

EDICTO

Don Fernando Cava García, secretario del Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio, reanudación del tracto número 731 de 2013, a instancias de Fundación Ulpiano R. García Domínguez, sobre la siguiente finca:

Urbana.—Cuatro, piso primero derecha de la casa en Madrid y su calle de Ayala, número 104; inscrita dicha casa bajo el número 2.275, folio 27 del libro 228 del archivo. Esta situado en la planta segunda de construcción de inmueble. Consta de diversas habitaciones y dependencias y ocupa una superficie aproximada de 87 metros con 17 decímetros cuadrados. Linda por su frente, al este, con rellano y hueco de las escaleras, patio central del inmueble y pisos izquierda y centro de igual planta; por su derecha entrando, al norte, con rellano de la escalera y calle de Ayala, a la que tiene tres huecos; por su izquierda, al sur, con patios central e interior derecha del inmueble y piso centro de igual planta y por su fondo, al este, con la casa número 106 de la calle de Ayala.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 33 de Madrid, finca 47282, folio 109, del libro 1.378 del archivo, inscripción primera.

Referencia catastral: 2855702VK4725F0004TI.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Madrid, a 9 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.728/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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