Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140329-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

155
Procedimiento 286 de 2012

EDICTO

Doña Vicenta García-Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 286 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, contra la empresa “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia número 76 de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando como estimo la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción, contra “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, a que le abone la cantidad de 44,74 euros, más el 20 por 100 anual en concepto de intereses moratorios.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 3 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.654/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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