Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140402-191

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 2

191
Procedimiento 506 de 2013

EDICTO

Doña María Ángeles Blázquez Cosmes, secretaria del Juzgado de los social número 2 de Zamora.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de “La Fundación Laboral de la Construcción” contra “AT Inversiones, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado con el número procedimiento ordinario número 506 de 2013, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “AT Inversiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 28 de abril de 2014, a las diez horas, en calle Riego, número 5, planta cuarta, Sala 4, para la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio, el mismo día a las diez y cinco, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia y que tiene las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado a fin de cumplir con los requerimientos que constan en la demanda y admitidos por decreto de 5 de diciembre de 2013.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, puede este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revertir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AT Inversiones, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Zamora, a 17 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.260/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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