Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140404-49

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

OFERTAS DE EMPLEO

49
Bases convocatoria jefe Policía Local

Por resolución del alcalde-presidente de fecha 31 de marzo de 2014, se aprobaron las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE JEFE DE LA POLICÍA LOCAL VACANTE EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN (MADRID)

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el procedimiento de Libre Designación de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, del puesto de jefe del Cuerpo de Policía Local, vacante en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, cuyas características se detallan a continuación:

— Denominación del puesto: jefe del Cuerpo de Policía Local.

— Delegación: Seguridad Ciudadana.

— Localización del puesto: calle Zarzal, número 14, 28670 Villaviciosa de Odón.

— Número de puesto: 1.1.23.1.

— Nivel de complemento de destino: 24.

— Complemento específico anual: 35.523,21 euros (incluye disponibilidad y dedicación para el ejercicio de las funciones del puesto fuera de la jornada habitual del mismo).

— Escala: Administración Especial.

— Subescala: Servicios Especiales.

— Categoría: suboficial; grupo: A, y subgrupo: A2.

Segunda. Requisitos y condiciones de participación.—1. De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid podrán participar:

— Los funcionarios del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, que tengan como mínimo la categoría de suboficial.

— Los funcionarios de otros Cuerpos de Policía Local, o de otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, que tengan, como mínimo, igual o equivalente categoría de suboficial.

2. Tener acreditada experiencia en funciones de mando.

3. No podrán participar los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

Tercera. Una vez aprobadas las bases por el alcalde-presidente, serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarta. Presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, de ocho y treinta a catorce horas, de lunes a viernes, pudiendo remitirse, asimismo, mediante las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El importe de los derechos de examen, de conformidad con la ordenanza fiscal municipal será de 19 euros y su abono se realizará mediante ingreso en la cuenta abierta en “Bankia” número 2038-2244-50-6000042475.

A la instancia se acompañarán los siguientes documentos:

— Fotocopia del DNI.

— Un currículum vítae junto con los documentos justificativos de los requisitos exigidos, así como de los méritos que se aleguen, mediante certificaciones o fotocopias compulsadas. No teniéndose en cuenta aquellos que no queden debidamente acreditados, en todos sus extremos, dentro del plazo de presentación de instancias.

— Documento acreditativo de haber ingresado los derechos de examen.

El escrito de solicitud consignará que son ciertos los datos contenidos en el mismo y que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria.

Los requisitos de participación, así como cualquier otra documentación susceptible de valoración deberán ser adjuntados a la solicitud de participación.

Quinta. Adjudicación y nombramiento.—En el plazo máximo de un mes contado desde la finalización de presentación de solicitudes, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución del nombramiento correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Madrid.

El nombramiento se hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y se notificará a la persona designada.

Sexta. Normativa aplicable.—La convocatoria se regirá por las presentes bases y, en lo no previsto en ellas, por el artículo 32 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid; el decreto 112/1993, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y demás normativa de general y pertinente aplicación.

Séptima. Recursos.—Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados directamente mediante la interposición de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su aprobación. No obstante, se podrá interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano municipal, en el plazo de un mes contado en la misma forma. Igualmente podrá utilizar otros recursos, si lo estimase oportuno.

Villaviciosa de Odón, a 1 de abril de 2014.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/2.431/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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