Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2014

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140404-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 28

69
Juicio de faltas 504 de 2013

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 504 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Ascandoni Lobato, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 504 de 2013, seguidos por una falta de lesiones e injurias, en los que han sido partes: el señor fiscal y como implicados don Jorge Reyes Estival, doña Laura Murga Rodríguez y don Christian Andrey Perafán Hoyos, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Christian Andrey Perafán Hoyos, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 3 euros, y otra de injurias, a la pena de diez días de multa, con una cuota diaria de 3 euros; caso de impago habrá de cumplir un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, habiendo de indemnizar a don Jorge Reyes Estival en la cantidad de 240 euros, todo ello imponiéndole las costas, en su caso, causadas.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Christian Andrey Perafán Hoyos, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 10 de marzo de 2014.—El secretario (firmado).

(03/8.389/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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