Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140404-98

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

98
Ejecución 302 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 302 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Agustín García Díaz Montenegro, don Ángel Olivares Molina, don Francisco Bernal Boto, don Jesús Jiménez Calderón, don José Antonio Rodríguez Valencia, don Máximo Manna Dangelo y don Moisés Absalón Cano Díaz, frente a “Azañedo Proyectos, Sociedad Limitada”, “Ineldi, Sociedad Limitada”, e “Ineldi, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Francisco Bernal Boto, frente a las demandadas “Ineldi, Sociedad Limitada”, y “Azañedo Proyectos, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 33.262,86 euros, más 3.326,00 euros y 3.326,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2513/0000/64/0278/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Parte dispositiva:

Se acuerda la acumulación a la presente ejecución forzosa número 302 de 2013 de las que se siguen también en este Juzgado con los números de ejecución forzosa 303, 304, 305, 313, 314 y 315 de 2013, y ampliar también la ejecución forzosa número 278 de 2013 por un principal de 33.262,86 euros, 3.326,00 euros para intereses y 3.326,00 euros para costas, librándose los correspondientes despachos, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.

El principal total de las ejecuciones acumuladas asciende a 300.958,46 euros, más 30.095 euros y 30.095 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.

Tal y como se solicita se acuerda remitir oficio a las empresas designadas en el escrito de ejecución a fin de que remitan a este Juzgado las cantidades pendientes de pago a las demandadas por relaciones comerciales, según se acordó en decreto de fecha 29 de enero de 2014.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ineldi, Sociedad Limitada”, y “Azañedo Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de marzo de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.514/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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