Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140407-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

203
Ejecución 8 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 8 de 2014, autos número 102 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Fernández-Avilés Plaza y doña Yolanda Lázaro Campos, frente a “Hazard Abogados, Sociedad Limitada”, “Hazard Advisors Group 2009, Sociedad Limitada”, “Hazard Consultancy Firm, Sociedad Limitada”, “Hazard Consultants Group 2009, Sociedad Limitada”, “Hazard Servicios Financieros de Gestión 2009, Sociedad Limitada”, “Seifer Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, y “Wolclub Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de fecha 4 de marzo de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las partes y condeno a las empresas a abonar a las demandantes las siguientes cantidades:

Trabajadora: doña Yolanda Lázaro Campos.

Indemnización: 26.133,75 euros.

Salarios de tramitación: 46.368 euros.

Trabajadora: doña Mónica Fernández-Avilés Plaza.

Indemnización: 16.942,75 euros.

Salarios de tramitación: 24.886,40 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar, en este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar 25 euros en la cuenta de este Juzgado número 4684/0000/61/número de expediente/año en “Banesto”.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma doña Yolanda Martínez Álvarez, magistrada-juez de lo social.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Wolclub Consulting, Sociedad Limitada”, “Seifer Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, “Hazard Servicios Financieros de Gestión 2009, Sociedad Limitada”, “Hazard Consultants Group 2009, Sociedad Limitada”, “Hazard Consultancy Firm, Sociedad Limitada”, “Hazard Advisors Group 2009, Sociedad Limitada”, y “Hazard Abogados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.708/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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