Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140407-232

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1

232
Procedimiento 502 de 2013-X

EDICTO

Don Fernando Pecino Robles, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Reus.

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 12 de junio de 2013, en autos instruido por este Juzgado de lo social a instancias de don Gustavo Romero Masip contra “Control Orden y Seguridad, Sociedad Limitada” y don Rafael de Castro Pino, en reclamación de despido seguido con el número 502 de 2013-X, se cita al legal representante de la mencionada empresa demandada “Control Orden y Seguridad, Sociedad Limitada” y don Rafael de Castro Pino de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 6 de mayo de 2014 a las once y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso, al de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el secretario judicial y el segundo ante el juez o magistrado; advirtiéndole de que deberá concurrir con los medios de prueba de que intente valerse y que la incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenida por conforme con los hechos de la demanda.

Asimismo se le requiere para que el día del juicio aporte los siguientes documentos, ya que si se admite la prueba documental y no los presenta sin causa justificada, podrán tenerse por probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada:

1. Partes de alta y baja del actor en la Seguridad Social.

2. TC1 y TC2, con relación nominal de los trabajadores de la empresa en el último año.

3. Contratos de trabajo de los actores.

4. Nóminas del último año del actor y justificante de pago.

5. WILE (vida laboral), de la empresa demandada, actualizada y expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Lo que hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, con la advertencia a la mencionada empresa “Control Orden y Seguridad, Sociedad Limitada” y don Rafael de Castro Pino de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Social.

Reus, a 13 de marzo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.808/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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