Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140408-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Distrito de Arganzuela

39
Notificación reintegro subvenciones

Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se hace pública la notificación del extracto de la resolución que a continuación se especifica:

Expediente: 102/2011/02992.

Interesada: Asociación MINKA, Centro de Promoción y Solidaridad.

CIF: G-82531427.

Acto objeto de publicación: decreto de la concejala-presidenta del Distrito, de fecha 3 de marzo de 2014, por el que se aprueba el reintegro total de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana concedidas para la anualidad 2011, así como los intereses de demora generados.

De conformidad con el citado artículo 61, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias del Negociaco de Participación Ciudadana del Distrito de Arganzuela (paseo de la Chopera, número 10, segunda planta, 28045 Madrid, teléfono 915 887 035), de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante la concejala-presidenta de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente acto (artículos 107, 116 y 117 de la LRJPAC).

II. Recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente acto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la LRJPAC).

El importe de las cantidades a ingresar se podrán hacer efectivas mediante los abonarés que podrán retirarse en las dependencias arriba indicadas.

Madrid, a 3 de marzo de 2014.—El gerente del Distrito de Arganzuela, José Fernández Bonet.

(02/1.561/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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