Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140412-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

63
Ejecución 290 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 290 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Barranco Ávila y doña María Isabel Fontanet Cotrel, frente a “Organización de Eventos Quinta Esencia, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Doña María Majarón de Tena, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.—En Madrid, a 27 de febrero de 2014.

Parte dispositiva:

Se declara resuelta la relación laboral que unía a la parte actora con la demandada “Organización de Eventos Quinta Esencia, Sociedad Limitada”, y se condena a esta a que indemnice:

A doña Beatriz Barranco Ávila con 9.776,49 euros.

A doña Isabel Fontanet Cotrel con 1.399,91 euros.

En concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, así como a que abone los salarios dejados de percibir desde la fecha de la notificación de la sentencia de la que dimana este incidente hasta la fecha de esta resolución (27 de febrero de 2014) y que, unidos a los que por sentencia se condenó a la empresa, ascienden:

A doña Beatriz Barranco Ávila con 16.639,01 euros.

A doña Isabel Fontanet Cotrel con 5.370,01 euros.

Trescientos once días computados desde la fecha del despido hasta el día de hoy.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este mi auto lo acuerdo, mando y firmo la ilustrísima magistrada-juez de lo social, en sustitución, doña María Majarón de Tena.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Organización de Eventos Quinta Esencia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.502/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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