Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140415-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

167
Ejecución 144 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 144 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ada Urtecho Vargas, frente a doña Marisol Reinoso Peroso y don Pablo Martínez Mengod, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 17 de marzo de 2014 siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancias de doña Ada Urtecho Vargas, frente a doña Marisol Reinoso Peroso y don Pablo Martínez Mengod.

Poner a disposición de doña Ada Urtecho Vargas 492,33 euros de principal, librándose al efecto el oportuno mandamiento, una vez firme la presente resolución, que deberá ser presentado al cobro en un plazo de tres meses a contar desde el siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero si el día del vencimiento lo fuere se entenderá que el mandamiento vence al día siguiente hábil, y que transcurrido un año a contar desde el presente requerimiento o desde la fecha de emisión del mandamiento en que se proceda al cobro de la mencionada cantidad se transferirá la misma a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados” (artículos 12.2 y 14.1.2 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril).

Alzar los embargos trabados en las actuaciones, a cuyo fin se librarán los oficios oportunos y se procederá a dar de baja los embargos telemáticos efectuados a través del Punto Neutro Judicial.

Hágase saber a las partes que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución se practicará tasación de costas que obren en las actuaciones a dicha fecha, así como liquidación de intereses, debiendo, en su caso, aportar minuta de honorarios y liquidación de intereses para su inclusión, advirtiendo a las partes que practicada por la secretaria de este Juzgado la tasación de costas no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a la interesada su derecho para reclamarla si le conviniere de quien y como corresponda.

Notifíquese la presente resolución, dejando testimonio de la misma en las actuaciones, y firme que sea, archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Marisol Reinoso Peroso y don Pablo Martínez Mengod, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 17 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.677/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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