Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140415-197

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

197
Procedimiento 356 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 356 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Rizel Mero Muentes, don José Antonio Resabala Garcés, don Juan José Tenorio Pumares, doña María del Pilar González Collado y don Óscar León Rodríguez, frente a “Encuadernación Espiral, Sociedad Limitada”, “Técnicas de Manipulados y Carpetas, Sociedad Anónima”, y “Transformaciones Gráficas Europeas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando las demandas interpuestas por don Carlos Rizel Mero Muentes, don Juan José Tenorio Pumares, don Óscar León Rodríguez, don José Antonio Resabala Garcés y doña María del Pilar González Collado, frente a las empresas “Encuadernación Espiral, Sociedad Limitada”, “Transformaciones Gráficas, Sociedad Limitada”, y “Técnicas, Manipulados y Carpetas, Sociedad Anónima”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno de forma solidaria a las demandadas al abono a los actores de las cantidades brutas que se relacionan a continuación:

A don Carlos Rizel Mero Muentes: 7.391,77 euros.

A don Juan José Tenorio Pumares: 9.841,05 euros.

A don Óscar León Rodríguez: 10.030,72 euros.

A don José Antonio Resabala Garcés: 7.391,77 euros.

A doña María del Pilar González Collado: 7.698,79 euros.

Dichas cantidades deberán ser incrementadas con el recargo del 10 por 100 de interés por mora. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Encuadernación Espiral, Sociedad Limitada”, “Transformaciones Gráficas, Sociedad Limitada”, y “Técnicas, Manipulados y Carpetas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.655/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140415-197