Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2014

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140415-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

213
Procedimiento 980 de 2013-MO

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 980 de 2013-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Lourdes Gafo Forcén, frente a “Eisa Costura”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 121 de 2014, de fecha 7 de marzo de 2014):

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por doña María Lourdes Gafo Forcén, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa “Eisa Costura”, declarando el derecho de la actora a percibir la pensión de jubilación SOVI en la cuantía de 403,70 euros mensuales con las revalorizaciones y mejoras legales con fecha de efectos del día 13 de febrero de 2013, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a abonar a la actora el 99,88 por 100 de la pensión de jubilación SOVI y a la empresa “Eisa Costura” el 0,12 por 100, debiendo la Tesorería General de la Seguridad Social pasar por tal resolución judicial.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciando el recurso ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación.

La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Eisa Costura”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 10 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.603/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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