Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140415-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

OFERTAS DE EMPLEO

65
Bases titular de la asesoría jurídica

De conformidad con el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión del 26 de diciembre de 2013, y con lo establecido en los artículos 101 y 129 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, se hace pública la convocatoria para la provisión, por libre designación, del puesto de titular de la asesoría jurídica, con sujeción a las siguientes bases:

— Primera. Corporación convocante: Ayuntamiento de Móstoles.

— Segunda. Denominación del puesto: titular de la asesoría jurídica.

— Tercera. Nivel de complemento de destino: 30.

— Cuarta. Complemento específico: 2.849,66 euros.

— Quinta. Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo:

a) Estar en posesión del título de licenciado en derecho.

b) Ostentar la condición de funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, o bien funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

— Sexta. Presentación de solicitudes:

Las solicitudes se dirigirán, dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, al Ayuntamiento de Móstoles; acompañándose el currículum vítae y la documentación acreditativa tanto de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto como de los méritos alegados.

— Séptima. Resolución de la convocatoria:

Concluido el plazo, la Junta de Gobierno Local procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Asimismo podrá, motivadamente, ser declarada desierta. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido. Así mismo se publicará el nombramiento en el “Boletín Oficial del Estado”.

— Octava. Toma de posesión:

El plazo posesorio será el mismo que se establece en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 marzo.

Móstoles, a 20 de marzo de 2014.—El alcalde, Daniel Ortiz Espejo.

(03/11.591/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140415-65