Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2014

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140416-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 1093/2014, de 31 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los Módulos de Financiación aplicables a los contratos de gestión de servicios educativos públicos y a los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y Ayuntamientos e Instituciones para el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, sedes de Equipos de Atención Temprana y sedes de Direcciones de Zonas de Casas de Niños, correspondientes al curso escolar 2014-2015.

El Decreto 105/2009, de 23 de diciembre, regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid.

Al amparo del citado Decreto, procede establecer para el curso escolar 2014-2015 los módulos de financiación que regularán la colaboración entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos e Instituciones de la región, así como los contratos de gestión de servicios educativos públicos.

Esta Orden se dicta de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

En consecuencia, y de conformidad con los citados Decretos y demás normativa vigente sobre la materia,

DISPONGO

Primero

Ámbito de aplicación

Esta Orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos e Instituciones de la región para el funcionamiento de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en el modelo de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación a los contratos de gestión de servicios educativos públicos establecidos por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, Ayuntamientos e Instituciones para el funcionamiento de los citados centros, también, en el modelo de financiación indicado.

Segundo

Módulos de financiación

1. Para el curso escolar 2014-2015 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:

— Módulo centro: 38.000 euros.

— Módulo plaza escolar 0-1 años: 6.175 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza escolar 1-2 años: 3.529 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza escolar 2-3 años: 2.470 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza escolar segundo ciclo: 1.976 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza horario ampliado: 190 euros por plaza y período ocupado.

2. Para el curso escolar 2014-2015 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:

— Módulo centro de 1-2 unidades: 20.000 euros.

— Módulo centro de 3-4 unidades: 15.000 euros.

— Módulo centro de 5-6 unidades: 10.000 euros.

— Módulo plaza: 1.250 euros por plaza ocupada.

3. Para el curso escolar 2014-2015 se establece el módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a los Ayuntamientos, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Equipos de Atención Temprana, en la cuantía de 3.047 euros.

4. Para el curso escolar 2014-2015 se establece el módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a los Ayuntamientos, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Direcciones de Zonas de Casas de Niños, en la cuantía de 2.311 euros.

DISPOSICIÓN FINAL

Primera

Disponibilidad presupuestaria

La aplicación de esta Orden estará sujeta a la efectiva disponibilidad de crédito en los presupuestos de la Comunidad de Madrid para los ejercicios de 2014 y 2015.

Segunda

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2014 y su vigencia se mantendrá hasta el 31 de agosto de 2015.

Madrid, a 31 de marzo de 2014.

La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/12.210/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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