Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140426-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 3

96
Procedimiento ordinario 1.086 de 2012

EDICTO

Doña Raquel Martín Andrés, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de León.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.086 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Tagarro Quintanilla, contra “Tele-Rains, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 12 de marzo de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimo parcialmente la demanda formulada por don Francisco Javier Tagarro Quintanilla, contra la empresa “Tele-Rains, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 26.773,38 euros, intereses del 10 por 100 de la cantidad de 11.417,15 euros desde la interposición de la demanda, y la desestimo en cuanto al resto de pretensiones formuladas. Y absuelvo de las pretensiones de la demanda al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la posible responsabilidad de este en el trámite de ejecución que, en su caso, quedará limitada a la cantidad de 15.397,86 euros al estar afectados por la prescripción las cantidades correspondientes a los salarios desde mayo a septiembre de 2011 (ambos incluidos) y al no tener consideración de salario los gastos reclamados, y tomando como antigüedad la de 1 de junio de 2008.

Advierto a las partes que contra esta sentencia pueden anunciar recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y por conducto de este Juzgado de lo social número 3, en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, mediante manifestación o por comparecencia o por escrito. En ese momento deberán designar letrado o graduado social colegiado que se encargará de su defensa en la tramitación del recurso que anuncia.

En el caso de que quien pretendiera recurrir no ostentará la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o no gozase del beneficio de justicia gratuita, deberá al momento de anunciar el recurso, y en el plazo de cinco días señalado, consignar la cantidad objeto de condena en el “Banco Santander” con el número de cuenta 2132000065108612 o formalizar aval bancario de duración indefinida por esa cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, y que al momento de formalizar el recurso de suplicación deberá acompañar resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad de 300 euros en la cuenta de este órgano judicial abierta en el “Banco Santander” con el número 2132000066108612, debiendo hacer constar en el campo “Observaciones” la indicación de depósito para la interposición de recurso de suplicación.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tele-Rains, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En León, a 24 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.724/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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