Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
01-05-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140501-76

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 4

76
Social ordinario 687 de 2013

EDICTO

Doña María José Marijuán Gallo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Bilbao.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 687 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda González Rodríguez, doña María Dolores Palacios Capitán, doña Almudena Sánchez Pascual y doña Basilia Vila Quintana, contra “Etyc Europea, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y doña Yolanda González Rodríguez, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 117 de 2014

En Bilbao (Bizkaia), a 27de marzo de 2014.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 4 de Bilbao, don Miguel Ángel Gómez Pérez, los presentes autos número 1.289 de 2013, seguidos a instancias de doña Almudena Sánchez Pascual, doña María Dolores Palacios Capitán, doña Yolanda González Rodríguez y doña Basilia Vila Quintana, contra “Happy Trade, Sociedad Limitada”, y “Etyc Europea, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo la demanda presentada por doña Almudena Sánchez Pascual, doña María Dolores Palacios Capitán, doña Yolanda González Rodríguez y doña Basilia Vila Quintana, frente a “Happy Trade, Sociedad Limitada”, y “Etyc Europea, Sociedad Limitada”, y condeno a las empresas demandadas “Happy Trade, Sociedad Limitada”, y “Etyc Europea, Sociedad Limitada”, a abonar, de forma solidaria, a las actoras las siguientes cantidades:

A doña Almudena Sánchez Pascual: la cantidad total de 4.945,76 euros.

A doña María Dolores Palacios Capitán: la cantidad total de 6.817,65 euros.

A doña Yolanda González Rodríguez: la cantidad total de 6.817,65 euros.

A doña Basilia Vila Quintana: la cantidad total de 4.468,11 euros.

Las cantidades adeudadas devengarán el interés moratorio correspondiente legalmente previsto.

Impugnación: Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo designar letrado o graduado social para su formalización.

Para recurrir la demandada deberá ingresar en la cuenta IBAN ES55/0049/3569/92/ 0005001274 y en el campo “Concepto” indicar el número 4720/0000/00/128913 del “Banco Santander” la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Dicha consignación puede sustituirse por aval solidario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, emitido por entidad de crédito en la forma dispuesta en el artículo 230 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Asimismo, el que sin tener la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, anuncie recurso de suplicación, deberá ingresar en la misma cuenta corriente la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurso de suplicación, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la oficina judicial de este Juzgado al tiempo de anunciar el recurso.

Están exentos de constituir el depósito y la consignación indicada las personas y entidades comprendidas en el apartado 4 del artículo 229 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a “Happy Trade, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 27 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.164/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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