Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2014

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140507-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

67
Cuestión de ilegalidad 857 de 2013

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Novena

EDICTO

Que en la cuestión de ilegalidad, procedimiento abreviado número 77 de 2013, planteada por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 13 de Madrid, se ha dictado sentencia del siguiente tenor literal:

Sentencia número 129

Ilustrísimos señores: presidente, don Ramón Verón Olarte, y magistrados, doña Ángeles Huet de Sande, don Juan Miguel Massigoge Benegiu, doña Berta Santillán Pedrosa y don Joaquín Herrero Muñoz-Cobo.—En Madrid, a 30 de enero de 2014.

Vistos por la Sección Novena de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid los autos correspondientes a la cuestión de ilegalidad registrada con el número 857 de 2013 planteada por auto de fecha de 28 de octubre de 2013 del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 13 de Madrid, recaído en el procedimiento abreviado número 77 de 2013.

Fallamos

Declaramos de la ilegalidad de la ordenanza reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de suministro de interés general del Ayuntamiento de San Fernando de Henares correspondiente al ejercicio de 2012 en cuanto se refiere a los servicios de telefonía móvil.

No ha lugar a imponer las costas a ninguna de las partes.

Contra la presente resolución no cabe recurso ordinario alguno.

Así por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo que se anuncia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 31 de marzo de 2014.—El secretario (firmado).

(03/11.826/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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