Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140507-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

143
Procedimiento 315 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 315 de 2013-I de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Esteban Bermejo Rodríguez y don Francisco Javier Blanco García, frente a “Abana Premier Fabricación, Sociedad Limitada”, y don Gerardo Justicia González, sobre despidos, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda aclarar el fallo de la sentencia de fecha 6 de marzo de 2014, en los siguientes términos:

«En consecuencia, condeno a la demandada “Abana Premier Fabricación, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que indemnice:

A don Fracisco Javier Blanco García: la cantidad de 16.239,61 euros en concepto de indemnización.

A don Esteban Bermejo Rodríguez: la cantidad de 28.834,38 euros en concepto de indemnización.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará a los actores la cantidad objeto de condena hasta el límite establecido legalmente.

Notifíquese esta sentencia a la admnistración concursal, en la persona de don Gerardo Justicia González.»

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Abana Premier Fabricación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.688/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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