Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2014

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140508-64

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

64
Bases cobertura puesto técnico de planificación

La Junta de Gobierno Local de 26 de febrero de 2014 ha adoptado el acuerdo de aprobación de las bases siguientes, así como de su convocatoria.

BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE EQUIPO TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN-ESPECIALIDAD ARQUITECTO/A, PERTENECIENTE A LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, CLASE SUPERIOR, SUBGRUPO A1, COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, EN LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

1. Objeto.—Las presentes bases específicas tienen por objeto regir la convocatoria para cubrir como funcionario de carrera y mediante concurso-oposición libre, una plaza de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Superior, subgrupo A1, correspondiente al puesto de Equipo Técnico de Planificación, especialidad arquitecto/a, con destino en la Gerencia Municipal de Urbanismo de este Ayuntamiento.

2. Normativa aplicable.—Esta convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y, además, por las bases generales de aplicación a las convocatorias para cubrir plazas de funcionario de carrera en este Ayuntamiento, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de 20 de octubre de 2004 y modificadas por acuerdo del mismo órgano de 3 de octubre de 2007, siendo publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 13 de noviembre de 2007. También será aplicable la normativa general en materia de función pública y procedimiento administrativo común a que se remiten las citadas bases generales.

3. Características de la plaza/puesto.—La plaza está incluida en la plantilla de personal funcionario de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y clasificada en el subgrupo A1 de la subescala técnica de Administración Especial. El puesto de Equipo Técnico de Planificación especialidad arquitecto/a a convocar se encuentra recogido en la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Gerencia Municipal de este Ayuntamiento, con un nivel 24 de complemento de destino, y se halla adscrito a la Unidad de Planificación Urbanística de dicho organismo autónomo.

Por lo que se refiere a las condiciones de trabajo, la jornada será a tiempo completo, mientras que las retribuciones serán las establecidas en el presupuesto de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en su relación de puestos de trabajo, conforme a la legislación vigente. Las demás condiciones serán las establecidas en el vigente acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario y en la normativa de general aplicación.

4. Sistema selectivo.—El sistema selectivo será el de concurso-oposición libre, y viene motivado por la especificidad de las funciones a desempeñar, que hace aconsejable la valoración de cierta experiencia profesional y formación, para garantizar el desempeño adecuado de las funciones del puesto de trabajo, en consonancia con los principios de mérito y capacidad.

5. Tasa por derechos de examen.—La tasa por derechos examen se fija en la cuantía de 28 euros. El pago íntegro de dicha tasa se efectuará mediante ingreso o transferencia bancaria en el número de cuenta indicada en el capítulo III de las referidas bases generales.

6. Requisitos de participación.—Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos contemplados en el capítulo II de las bases generales, el siguiente:

Estar en posesión o en condiciones de obtener alguno de los títulos oficiales siguientes:

— Arquitecto.

— Título universitario de denominación equivalente a los anteriores que haya sido reconocido oficialmente por la Administración competente a efectos profesionales y que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de arquitecto.

Todos los requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.

7. Órgano de selección.—Se regirá por lo establecido en el capítulo V de las bases generales y por el decreto de Alcaldía de 17 de enero de 2008, sobre regulación de la composición y funcionamiento de los tribunales de selección en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

El tribunal calificador que actúa en esta prueba selectiva tendrá la categoría primera a efectos del pago de asistencias, según lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

La designación nominativa de los miembros que componen el órgano de selección será resuelta por resolución del órgano que cuente con delegaciones en materia de recursos humanos y régimen interior.

8. Forma y plazo de presentación de solicitudes.—La solicitud para tomar parte en esta convocatoria y la documentación que le acompañe se presentará conforme indica el capítulo III de las bases generales, en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano, en horario de nueve a catorce y de dieciséis a veinte, de lunes a viernes, y de nueve a catorce los sábados, excepto período estival. Asimismo, podrán presentarse en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9. Admisión de aspirantes.—La admisión provisional de aspirantes, plazo de subsanación y admisión definitiva se regirá por lo establecido en el capítulo IV de las bases generales. Las listas de aspirantes admitidos y excluidos, tanto provisionales como definitivas, serán aprobadas por resolución del órgano que cuente con delegaciones en materia de recursos humanos y régimen interior.

10. Desarrollo del proceso.—El sistema selectivo constará, por el orden siguiente, de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

10.1. Fase de concurso:

Se valorarán los siguientes méritos acreditados:

a) Experiencia profesional: máximo 8 puntos.

— Por experiencia profesional en la Administración Local, como arquitecto o puesto del mismo área funcional de la misma o superior responsabilidad que el convocado, perteneciente al grupo o subgrupo profesional A1 o equivalente, tanto en régimen funcionarial como en los casos de vínculo contractual.

Por cada año de servicio o fracción igual o superior a seis meses: 1 punto, hasta un máximo de 6 puntos.

— Por experiencia profesional en otras Administraciones Públicas diferentes a la Local, como arquitecto o puesto del mismo área funcional de la misma o superior responsabilidad que el convocado, perteneciente al grupo o subgrupo profesional A1 o equivalente, tanto en régimen funcionarial como en los casos de vínculo contractual.

Por cada año de servicio o fracción igual o superior a seis meses: 0,3 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

b) Por superación de pruebas en procesos selectivos: máximo 2,09 puntos.

Por superar pruebas eliminatorias en procesos selectivos para el ingreso como funcionario de carrera o personal laboral fijo a plazas de arquitecto pertenecientes al grupo o subgrupo profesional A1, en el siguiente sentido:

— En el ámbito de la Administración Local: por cada prueba eliminatoria superada se otorgará 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos.

— En el ámbito de cualesquiera otras Administraciones Públicas: por cada prueba eliminatoria superada se otorgarán 0,3 puntos, hasta un máximo de 0,9 puntos.

c) Formación: el máximo de puntos de este apartado es de 6.

— Por la asistencia acreditada a cursos, seminarios, congresos, jornadas o actividades formativas de similar naturaleza, impartidas u organizadas por Administraciones Públicas u organismos o entes públicos vinculados o dependientes de las mismas, organizaciones sindicales, colegios profesionales y entidades en general acogidas al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas y que a juicio del tribunal tenga relación directa con el contenido y las funciones objeto del puesto convocado, se valorará conforme al siguiente baremo:

• Hasta veinte horas: 0,25 por cada uno.

• De veintiuna a cincuenta horas: 0,50 por cada uno.

• De cincuenta y una a cien horas: 1 punto por cada uno.

• De ciento una a doscientas horas: 1,5 puntos por cada uno.

• De más de doscientas horas: 2 puntos por cada uno.

Máximo 3 puntos.

Aquellas actividades formativas en las que no conste o se acredite el número de horas no tendrán valoración.

— Por poseer, en el título exigido, la especialidad de Urbanismo, o bien certificado universitario acreditativo de haber cursado la línea de especialización de Urbanismo, Planeamiento y Medio Ambiente, se valorará con 1 punto, con un máximo de 1 punto.

— Por estar en posesión de un título universitario oficial de máster o doctorado, relacionado con las funciones objeto del puesto convocado, se valorará con 2 puntos por cada título, con un máximo de 2 puntos.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse conforme se establece en las bases generales.

10.2. Fase de oposición:

Los ejercicios de esta fase tendrán cada uno carácter obligatorio y eliminatorio, siendo necesaria la superación del primero para ser admitido a la realización del segundo:

— Primer ejercicio: consistirá en la resolución y defensa de un supuesto de carácter práctico, relacionado con las funciones del puesto de trabajo convocado y con el temario específico que contiene el programa anexo a las presentes bases, y que comprenderá dos tramos o fases sucesivas, que tendrán lugar en jornadas distintas:

a) Fase de resolución escrita: el tribunal de selección propondrá a los aspirantes dos supuestos diferentes, pudiendo los mismos elegir cualquiera de ellos. El tiempo de realización de esta prueba no podrá superar las dos horas, pudiendo el tribunal marcar un tiempo inferior y adecuado en todo caso a su contenido. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán utilizar material de consulta, en soporte papel, del que acudan provistos.

b) Fase de defensa oral: consistirá en la lectura íntegra del supuesto práctico por parte de cada aspirante y posterior defensa ante el tribunal de selección, cuyos miembros plantearán a los mismos las preguntas que en relación con la resolución del supuesto estimen pertinentes, con un tiempo máximo de quince minutos, excluyendo el destinado a la lectura propiamente dicha. No obstante lo anterior, el tribunal podrá invitar al aspirante a abandonar la lectura y/o no efectuar ninguna cuestión si aprecia deficiencia notoria en su exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos.

— Segundo ejercicio: consistirá en dar contestación escrita a las siguientes preguntas concretas del temario que figura como anexo a las presentes bases:

• De la parte general del temario, el aspirante habrá de contestar a 3 preguntas de las 5 que proponga el tribunal.

• De la parte específica del temario, el aspirante habrá de contestar a 12 preguntas de las 15 que proponga el tribunal.

El tiempo máximo de realización será de tres horas, pudiendo el tribunal marcar un tiempo inferior y adecuado en todo caso a su contenido, sin que pueda utilizarse material de consulta alguno.

Este ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 7,5 puntos.

La calificación de esta fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios indicados.

11. Calificación final y resolución del proceso.—La calificación definitiva del concurso-oposición se obtendrá conforme se establece en el capítulo VII de las bases generales.

En cuanto al nombramiento del candidato que, en su caso, supere el proceso selectivo, se procederá según lo establecido en el capítulo VIII de las bases generales.

12. Protección de datos.—A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento por el Ayuntamiento, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a la convocatoria, con el fin de facilitar el llamamiento de los seleccionados si fuere necesario, pudiendo ejercerse, dirigiéndose por escrito a la Concejalía de Recursos Humanos y Régimen Interior, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos legalmente previstos.

13. Régimen de impugnaciones.—Contra las presentes bases se podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el tablón de edictos municipal.

ANEXO

PROGRAMA

Parte general

1. La Constitución española de 1978: significado, estructura y contenido.

2. La Constitución española de 1978: derechos y deberes fundamentales.

3. La Constitución española de 1978: la Corona. Sucesión. Refrendo.

4. El poder legislativo. Las Cortes Generales: composición.

5. Fuentes de derecho: la Ley: concepto y tipos.

6. Fuentes de derecho: el Reglamento: rangos esenciales y tipos.

7. La Comunidad de Madrid: Estatuto de Autonomía, organización e instituciones de Gobierno.

8. Competencias de la Comunidad de Madrid. Clases.

9. Los municipios de gran población (I): organización y funcionamiento del Pleno como órgano municipal necesario de los municipios de gran población.

10. Los municipios de gran población (II): el alcalde y los tenientes de alcalde como órganos municipales necesarios de los municipios de gran población.

11. Los municipios de gran población (III): organización y funcionamiento de la Junta de Gobierno Local como órgano municipal necesario de los municipios de gran población.

12. Los municipios de gran población (IV): la Asesoría Jurídica, los órganos superiores y directivos, el Consejo Social de la Ciudad y la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones como órganos municipales necesarios de los municipios de gran población.

13. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación. Objeto de la Ley. Principios generales.

14. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

15. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez.

16. El acto administrativo: la notificación. Nulidad y anulabilidad.

17. El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

18. Los recursos administrativos. Concepto. Principios generales. Interposición. Suspensión de la ejecución. Audiencia a los interesados. Resolución. Clases: recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión.

19. Estatuto Básico del Empleado Público: clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas.

20. El presupuesto: concepto y procedimiento de aprobación en las Entidades Locales.

Parte específica

1. Formación y evolución histórica del urbanismo en España. Legislación urbanística vigente.

2. La organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales y de las Comunidades Autónomas. La competencia municipal.

3. Legislación autonómica. Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

4. La ordenación del territorio de la Comunidad de Madrid (I). Bases del Plan Regional de Estrategia Territorial.

5. La ordenación del territorio de la Comunidad de Madrid (II). Los programas coordinados en la acción territorial. Los Planes de Ordenación del Medio Rural y Natural.

6. La planificación urbanística. Naturaleza del Plan. Tipología de los planes: su jerarquía.

7. El planeamiento municipal. Los planes generales municipales de ordenación. Función, contenido, formación y formulación.

8. El plan de sectorización. Función, contenido, formación y formulación.

9. El planeamiento de desarrollo. Los planes parciales de ordenación. Función, contenido, formación y formulación.

10. Los planes especiales. Función, tipología. Contenido y procedimiento de aprobación.

11. Estudio de Detalle y Catálogos de Bienes y espacios protegidos: función, contenido, formación y formulación.

12. Los proyectos de urbanización. Contenido sustantivo y documental. Formulación y aprobación.

13. Vigencia de los planes. Modificación. Revisión y suspensión.

14. Planeamiento urbanístico. Determinaciones estructurantes y pormenorizadas.

15. Determinaciones de la ordenación urbanística. Redes públicas.

16. División y usos del suelo. Edificabilidades y aprovechamientos.

17. La clasificación del suelo.

18. Derechos y deberes de los propietarios del suelo.

19. Las técnicas de equidistribución de beneficios y cargas.

20. Obtención y ejecución de redes públicas.

21. Los diferentes sistemas de ejecución de los planes urbanísticos. Principios generales.

22. El sistema de compensación. El sistema de cooperación.

23. El sistema de expropiación. El sistema de ejecución forzosa.

24. Parcelaciones y reparcelaciones. Características y tramitación.

25. La inspección urbanística en la Comunidad de Madrid: funciones, servicios, visitas y actas.

26. Intervención en el uso del suelo, en la edificación y en el mercado inmobiliario.

27. Intervención de la Comunidad de Madrid en actos de uso del suelo, construcción edificación.

28. Intervención municipal en la edificación y uso del suelo.

29. Protección de la legalidad urbanística. Medidas de protección sobre obras, construcciones y usos sin licencia u orden de ejecución.

30. Protección de la legalidad urbanística. Medidas de protección sobre obras, construcciones y usos con licencia u orden de ejecución.

31. Los consorcios y sociedades urbanísticas. Concepto y régimen jurídico.

32. La cooperación interadministrativa. Los órganos de la Comunidad de Madrid.

33. Los convenios urbanísticos. Concepto. Procedimiento de elaboración y publicidad. Los convenios de cesión anticipada de la M-40 y M-503 en Pozuelo de Alarcón.

34. La gestión mediante Juntas de Compensación. Estatutos y bases de actuación.

35. El proyecto de reparcelación. Contenido sustantivo y documental. Formulación y aprobación.

36. El patrimonio municipal del suelo. Constitución y naturaleza. Bienes integrantes y destino.

37. Otros instrumentos de intervención en el mercado. Derecho de superficie. El derecho de tanteo y retracto.

38. Valoración del suelo en situación de suelo urbanizado según el Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.

39. Situaciones básicas del suelo en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo.

40. La expropiación forzosa. Procedimiento general. Procedimiento individualizado. Tasación conjunta.

41. Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón. Planteamiento conceptual del documento. Criterios generales básicos. Sistema general de objetivos. Estrategia urbanística.

42. Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón. Ordenación urbanística propuesta. Ordenación Urbanística Territorial. Planteamiento de la Gestión del Plan General.

43. Régimen de las redes públicas en el Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón.

44. Régimen urbanístico del suelo urbano en el Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón.

45. Régimen urbanístico del suelo urbanizable y no urbanizable en el Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón.

46. Normas generales de diseño y calidad de la urbanización y la edificación según las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón.

47. Normas generales de los usos en las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón.

48. Condiciones particulares para la clase de suelo urbano. Ordenanzas de la edificación y uso del suelo en el Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón.

49. La protección del medio ambiente urbano en el Plan General. Regulación de las zonas verdes y espacios naturales en el Plan General de Ordenación de Pozuelo de Alarcón.

50. Plan Especial para la mejora de la ordenación pormenorizada de las parcelas destinadas a usos de equipamientos del Plan General.

51. Procedimiento de evaluación ambiental simplificado en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

52. Procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificado en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

53. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de espacios públicos urbanizados.

54. Integración del arbolado en el entorno urbano.

55. El dominio público hidráulico según el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

56. Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

57. Modificación del trazado de las vías pecuarias en la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

58. Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación: ámbito de aplicación. Requisitos de la edificación. Proyecto.

59. Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación: obligaciones del proyectista.

60. Tipos de vías pecuarias y competencias en la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

61. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación: el contenido del proyecto de edificación.

62. Procedimientos de tramitación de licencias urbanísticas en Pozuelo de Alarcón: ordenanzas municipales reguladoras de la materia.

63. Régimen de autorización y control de las terrazas anejas a establecimientos hosteleros o de restauración en Pozuelo de Alarcón: ordenanzas municipales reguladoras de la materia.

64. Publicidad sobre soportes situados en suelo de titularidad pública, en solares o terrenos urbanos sin uso en Pozuelo de Alarcón: ordenanzas municipales reguladoras de la materia.

65. El patrimonio histórico inmueble en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

66. El deber de conservación de los edificios. La declaración de la ruina. Supuestos.

67. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

68. Expedientes de contratación por tramitación ordinaria en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del sector público

69. Pliego de prescripciones técnicas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

70. Contrato de servicios y “perfil del contratante” en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

71. Texto Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo. Contenido del informe de sostenibilidad económica.

72. Procedimiento de descontaminación voluntaria en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

Pozuelo de Alarcón, a 26 de febrero de 2014.

(02/2.643/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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