Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140508-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 1

96
Procedimiento 1.125 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 1.125 de 2013 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Se estima la demanda presentada por el procurador de los Tribunales don Fernando Jurado Reche, en nombre y representación de “BBVA”, contra don Washington Antonio Acevedo y doña Guillermina Tania Bernal Yepez.

Procede restituir en la posición a la actora y condenar a la demandada a que firme que sea esta sentencia deje libre, vacua y a disposición de la entidad actora la vivienda sita en calle Villalón, número 7, piso octavo, puerta 3, de Fuenlabrada, apercibiéndole de lanzamiento caso contrario.

Con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma haciéndoles saber de que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que, en su caso, deberá interponerse en este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación. La admisión del recurso precisarán de que, al interponerse el mismo, se haya consignado en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de depósito, de 50 euros, lo que deberá ser acreditado.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Washington Antonio Acevedo y doña Guillermina Tania Bernal Yepez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Fuenlabrada, a 3 de abril de 2014.—El secretario (firmado).

(02/2.890/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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