Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140508-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

176
Ejecución 263 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 263 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido frente a “Carbonell Rotulación e Imagen Comercial, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en el día de la fecha decreto de insolvencia provisional, cuya parte dispositiva, en lo que interesa, es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 50.936 euros de principal, 3.056,16 euros de intereses y 5.093,60 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Carbonell Rotulación e Imagen Comercial, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad número 2523-0000-64-0263-13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Eugenia Ramos García.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Carbonell Rotulación e Imagen Comercial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.275/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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