Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140509-247

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 15

247
Autos 1.181 de 2012-I

EDICTO

Don Sagrario Plaza Golvano, secretario del Juzgado de lo social número 15 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.181 de 2012-I, a instancias de doña María Teresa Requena Navarro y otros, contra “Terral Wind, Sociedad Limitada” (antes denominada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”), y “Clece, Sociedad Anónima”, en los que el día 31 de marzo de 2014 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Fallo

Que teniendo por desistido de la acción entablada frente a la mercantil “Clece, Sociedad Anónima”, y estimando las demás acumuladas interpuestas por el sindicato Unión Sindical Obrera de la Comunidad Valenciana, actuando en interés de sus afiliados, debo condenar y condeno a la mercantil “Terral Wind, Sociedad Limitada” (antes denominada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”), a que pague a cada demandante las cantidades por salarios e indemnizaciones que, respectivamente, se dirán, con más el 10 por 100 de las que se consignan en el apartado de salarios:

A doña María Teresa Requena Navarro: 1.546,56 euros y 37,02 euros.

A doña Patrocinio García Melero: 1.576,19 euros y 37,02 euros.

A doña María del Mar Gómez Zamora: 2.845,27 euros y 37,02 euros.

A doña Guadalupe Téllez Martínez: 2.917,73 euros y 37,02 euros.

A doña María Encarnación Gil Carrión: 2.953,96 euros y 37,02 euros.

A doña Mercedes Martínez Alarcón: 1.531,74 euros y 37,02 euros.

A don Francisco Javier Martínez Martínez: 3.252,32 euros y 37,02 euros.

A doña María José Dolz Esteban: 1.546,52 euros y 37,02 euros.

A don Luis Camarasa Pérez: 3.247,30 euros y 37,02 euros.

A don Roberto Cerezo Ferrando: 2.962,21 euros y 37,02 euros.

A don Antonio Moreno Martínez: 2.837,22 euros y 37,02 euros.

A don Adrián Vermell Nieto: 3.044,45 euros y 37,02 euros.

A doña Antonia García-Gango Alcolea: 2.990,18 euros y 37,02 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social. Siendo requisitos necesarios que al tiempo de hacerse el anuncio se haga el nombramiento del letrado o graduado social colegiado que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita presente en la Secretaría del Juzgado de lo social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina del “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De hacer consignación en metálico, deberá efectuarse en la “Cuenta de expediente”, número 000/1181/12.

Igualmente, y al tiempo de interponer el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado de resguardo, independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 300 euros en la misma cuenta de expediente.

Así por esta mi sentencia la pronuncia, manda y firma doña Esperanza Montesinos Llorens, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 15 de Valencia.

Y para que conste y sirva de notificación a “Terral Wind, Sociedad Limitada” (antes denominada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”), que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 2 de abril de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.286/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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