Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140510-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

55
Ejecución 191 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 191 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ghizlane Taoufyq, frente a doña Matilde Rodríguez Sánchez y “Dito Centro de Belleza”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

Finca número 35.735 de Madrid, código IDUFIR 28102000134726, anotado en el Registro de la Propiedad número 21 de Madrid al tomo 2.558, libro 2.558, folio 211. Vivienda piso sin anejos situada en la calle Daganzo, número 18, planta primera, puerta 3, de Madrid, con una superficie de 34,20 metros cuadrados.

Finca número 35.739 de Madrid, código IDUFIR 28102000022320, anotado en el Registro de la Propiedad número 21 de Madrid al tomo 2.523, libro 2.523, folio 71. Vivienda piso sin anejos situada en la calle Daganzo, número 18, planta primera, puerta 5, de Madrid, con una superficie de 51,50 metros cuadrados.

Ambas como propiedad de doña Matilde Rodríguez Sánchez para responder de la cantidad de 32.078,60 euros provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Ghizlane Taoufyq, contra doña Matilde Rodríguez Sánchez. Dicha propietaria se encuentra casada, con carácter ganancial, con don Fernando Solé Gil, con número de identificación fiscal 50.298.765, a quien se le comunicará dicho embargo.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Matilde Rodríguez Sánchez y “Dito Centro de Belleza”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de marzo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.201/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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