Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140510-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

83
Procedimiento 183 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 183 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Trujillo Verdugo, frente a “Prowater Ciopsa, Sociedad Anónima”, y don Alejandro Latorre Atance, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Dada cuenta; por presentada la anterior demanda, fórmese el oportuno expediente, y deduciéndose de su contenido que pudiera existir una posible falta de jurisdicción, dese audiencia a las partes y al ministerio fiscal de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1 y 3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con traslado de copia de la demanda y demás documentos por plazo común de tres días a fin de que puedan efectuar las oportunas alegaciones y emitir el informe correspondiente.

Cumplimentado que sea o transcurrido el plazo, dese cuenta para resolver lo que proceda.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Prowater Ciopsa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 3 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.247/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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