Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140513-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

190
Ejecución 259 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 259 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Iulia Bonciu, frente a “Hostelería Grupo de Restauración El Racó, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 2 de abril de 2014.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el auto de fecha 13 de marzo de 2014, consistente en hacer constar la cantidad de 9.005,09 euros en concepto de indemnización, en los siguientes términos:

«Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña María Iulia Bonciu, con la empresa “Hostelería Grupo de Restauración El Racó, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 9.005,09 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 17.018,43 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.»

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los mismos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hostelería Grupo de Restauración El Racó, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 2 de abril de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.410/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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