Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
14-05-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140514-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

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Expedientes sancionadores

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan las liquidaciones que a continuación se indican, advirtiéndose de que dichas liquidaciones ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

— Contra la presente liquidación cabe interponer en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de recibir la presente notificación, recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante el órgano que dictó este acto liquidatorio, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal.

No obstante, no se admitirá reclamación económico-administrativa respecto de los siguientes actos:

a) Los actos que den lugar a reclamación en vía administrativa previa a la judicial, civil o laboral, o pongan fin a dicha vía.

b) Los actos de imposición de sanciones no tributarías.

c) Los dictados en virtud de una Ley que los excluya de reclamación económico-administrativa.

Si se trata de una liquidación derivada de la resolución de un recurso de reposición o de una reclamación económico-administrativa, podrán interponerse los recursos que se indiquen en la correspondiente resolución.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 diciembre, Ley General Tributaria, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por considerarse que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en la Subdirección General de Inspección, Control Periódico y Disciplina, Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, sita en la calle Bustamante, número 16, 28045 Madrid, teléfonos 915 882 591 y 915 132 240.

De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado se procederá a su exacción por vía de apremio con los recargos legalmente exigibles.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia. — Interesado. — Situación local. — Fecha decreto/resolución. — Norma infringida. — Sanción

220/2013/08757. — Liquidación. Id. 30614043865150002. — J. D. N., 05289997-C. — Calle López de Hoyos, número 472. — 17 de septiembre de 2013. — Artículo 37.11 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de julio de 1997) (en adelante, LEPAR). — 300.506 euros.

Madrid, a 1 de abril de 2014.— El Gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, PO, la subdirectora general de Inspección y Disciplina, Cristina Flores Fernández.

(02/2.635/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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