Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140516-217

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

217
Procedimiento 891 de 2013-A

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 891 de 2013-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gheorghe Lighean, frente a doña Paloma Blasco Arroyo, Fondo de Garantía Salarial y Servicio Público Estatal de Empleo, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 5 de abril de 2014.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente

Sentencia número 141 de 2014

En los autos de juicio verbal sobre impugnación de resolución administrativa de imposición de sanción, seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, don Gheorghe Lighean, con número de identificación de extranjería X-6838061-T, defendido por la letrada doña Alaia Asensio Romero, y de la otra, y como demandados, Servicio Público Estatal de Empleo, representado y defendido por la letrada doña María de los Ángeles Gamero Soto, y doña Paloma Blasco Arroyo.

Fallo

Que teniendo al actor por desistido de su demanda frente a doña Paloma Blasco Arroyo, desestimo la demanda formulada por don Gheorghe Lighean contra el Servicio Público Estatal de Empleo, y declarando ajustada a derecho la sanción impuesta al actor por resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público Estatal de Empleo de fecha 22 de marzo de 2011, absuelvo al servicio demandado de la pretensión deducida en su contra en el presente pleito.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que es firme y frente a la misma no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día 9 de abril de 2014 por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Elena Burgos Herrera que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Paloma Blasco Arroyo, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 9 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.870/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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