Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140516-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

83
Notificación resoluciones expediente sancionador

EDICTO NÚMERO 42/2014. DEPARTAMENTO JURÍDICO Y COORDINACIÓN DE PROCEDIMIENTOS

Resolución de 2 de abril de 2014, de la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual a los interesados que se expresan a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifican:

Actos: resoluciones de la directora general de Zonas Verdes, Limpieza y Residuos por las que se les inicia expediente sancionador como autor de la infracción prevista en el artículo 87.1.a) de la ordenanza de limpieza de los espacios públicos y de gestión de residuos, de los interesados que se indican:

Relación de interesados

Número de expediente. — Fecha resolución. — Titular. — Importe. — DNI

131/2014/01463. — 22 de enero de 2014. — M. M. R. — 850,00 euros. — 02735339-H.

De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante quince días hábiles en las dependencias del Departamento Jurídico y de Coordinación de Procedimientos del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (calle Bustamante, número 16, cuarta), en el horario comprendido entre las nueve y las catorce horas, de lunes a viernes.

La expresada resolución no es susceptible de recurso alguno, por tratarse de un acto de mero trámite y advirtiéndole que de conformidad con el artículo 6.2.a) del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid en el supuesto de no formular alegaciones en el plazo mencionado, este acuerdo de iniciación se considerará propuesta de resolución con los efectos previstos en el artículo 12 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 2 de abril de 2014.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.

(02/2.842/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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