Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2014

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140517-125

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

COLEGIO PROFESIONAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS

125
Expediente disciplinario

Este Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid pone en conocimiento de la colegiada número 8106, doña María Paz Escrig López, que por el instructor del expediente disciplinario que se le ha incoado, don Juan Resino Gonzalo, según designación efectuada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de septiembre de 2013 (acta 376) y habiendo visto los antecedentes facilitados por la Sección de Disciplina de Colegiados, como consecuencia de la denuncia formulada por la comunidad de propietarios de la plaza San Amaro número 7, por abandono manifiesto de sus obligaciones profesionales.

Considerando que pudieran ser constitutivos de sanción disciplinaria en base a lo previsto en los vigentes Estatutos y Reglamento de Régimen Disciplinario, se han formulado los siguientes cargos:

1.o Artículo 34, apartado 2, letra J, de los Estatutos, y artículo 7, apartado 2, letra A), del Reglamento “El incumplimiento de los deberes u obligaciones profesionales, salvo causa que lo justifique, cuando por causa del mismo se deriven perjuicios a los clientes o se menoscabe el prestigio y dignidad profesional”.

2.o Artículo 34, apartado 3, letra D, de los Estatutos, y artículo 6, apartado 3, letra D), del Reglamento “El incumplimiento reiterado de las instrucciones corporativas de carácter general sobre encuestas, estadísticas e informes o cualquier otra actividad demostrativa de persistente falta de colaboración colegial, salvo causa justificada”.

Se le concede la preceptiva audiencia para que pueda examinar el expediente, pudiendo alegar en su defensa o descargo, cuando convenga a sus intereses, por escrito, en el plazo de quince días, contados a partir de la notificación de esta resolución, aportando los medios probatorios oportunos.

Asimismo, se le comunica que, de no designar usted otro defensor en el plazo de cinco días, se designará uno de oficio.

Madrid, a 10 de abril de 2014.—Firmado.

(02/3.119/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS

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