Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
26-05-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140526-77

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

77
Procedimiento 180 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 180 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Paloma Millán Mateu, frente a don Enrique Alcántara González, don Antonio Cuerpo Carrera (administrador concursal de “Visionarium España, Sociedad Limitada”), Fondo de Garantía Salarial, ministerio fiscal, “Óptica Pinar, Sociedad Anónima”, “Optifast Difusión, Sociedad Limitada”, “Primera Ópticos, Sociedad Anónima”, “Visionarium España, Sociedad Limitada”, y “Visual Global Company, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísima señora doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 29 de abril de 2014.

Habiendo tenido entrada en este Juzgado en fecha 14 de abril de 2014, procedente del Juzgado de lo social número 24, el procedimiento número 59 de 2014, cuya acumulación se había acordado, únase y continúese la tramitación de las presentes actuaciones.

Visto que en la demanda que se acumula, número 59 de 2014, aparecen dos empresas codemandadas que no constan en los presentes autos número 180 de 2013, se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días hábiles amplíe la demanda contra las empresas “Optinver Central, Sociedad Anónima”, y “Espacio y Desarrollo XVII, Sociedad Limitada”, debiendo aportar en ese caso dos copias íntegras de la demanda y domicilio correcto donde citarlas.

Dada cuenta, por presentado el anterior escrito por el letrado don José María González de la Cruz, con entrada en este Juzgado en fecha 15 de abril de 2014, únase a los autos de su razón, teniéndose por hechas las manifestaciones, y visto su contenido, y habiendo resultado desconocido el domicilio de don Enrique Alcántara González, notifíquesele la presente resolución por edictos, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Se requiere al letrado señor González de la Cruz, para que en lo sucesivo aporte copias de todo escrito o documento que presente, para su traslado a las restantes partes, bajo apercibimiento de poder tener el escrito por no presentado a todos los efectos.

Habiendo tenido entrada en este Juzgado los autos de incidente concursal número 48 de 2014 (CNA 253 de 2013), remitidos por el Juzgado mercantil número 9 de Madrid, devuélvanse los mismos a dicho Juzgado, dado que no se ha solicitado su acumulación, al no ser precisa la misma y además en los presentes autos solo consta como demandante doña Nuria Paloma Millán Mateu, que ya interpuso la correspondiente demanda por despido.

Estese al señalamiento fijado para el día 27 de octubre de 2014, a las diez y treinta horas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Lo manda y firma su señoría la magistrada-juez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Enrique Alcántara González, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.238/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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